STSJ Comunidad de Madrid , 4 de Mayo de 2000

PonenteJOSE FELIX MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJM:2000:5584
Número de Recurso135/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 135/96 SENTENCIA NUMERO 428 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez D. Javier E. López Candela.

En la Villa de Madrid, a cuatro de mayo de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número, 135/96, interpuesto por HUARTE, S.A., representada por el Procurador D. Eduardo Morales Price, contra denegación presunta por silencio administrativo de la Dirección General del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de las reclamaciones de pago de intereses de demora por el abono tardío de certificaciones. Edificio para Escuela de Capacitación Agraria en Molina de Segura. Siendo parte el Abogado del Estado en representación de la Administración demandada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 15 de noviembre de 1996, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Abogado del Estado, para contestación a la demanda, lo que no consta realizado.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 23 de febrero de 1999 , se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose las que la Sala consideró pertinentes. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 4 de mayo de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D.José Félix Méndez Canseco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso el presente recurso contra la denegación presunta de la pretensión de pago deducida por la actora ante...

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