STSJ Aragón , 19 de Julio de 2000

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2000:1982
Número de Recurso585/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo núm. 585/1999 Sentencia núm. 827/2000 MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a diecinueve de julio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm.585 de 1999 (Autos núm. 238/1999), interpuesto por la parte demandante D. Juan María , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 18 de mayo de 1999; siendo demandado EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre Incapacidad Permanente Absoluta. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Juan María , contra el INSS, sobre Incapacidad Permanente Absoluta, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 18 de mayo de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que debo desestimar y desestimo en todas sus partes la demanda presentada por Juan María contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en su consecuencia debo absolver y absuelvo a la Entidad Gestora demandada de cuantos pedimentos contra ella han sido deducidos".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"1) Juan María , nacido en 8.2.1942, afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el n°

NUM000 , dedicado a la profesión de Oficial la en taller de serigrafía, presenta una base reguladora de 191.347 pesetas mensuales.

2) En 11.8.1997 padecía, con carácter irreversible y definitivo,: espondilodiscartrosis con pequeña hernia centro-lateral izquierda, a nivel C5-C6 que oblitera levemente el foramen izquierdo, en C4-C5 minúscula hernia y en C5-C6 pequeña hernia discal posterior, canales amplios, discartrosis L5-SI con disminución de foramen derecho y compresión raíz L5, ligera hipoestesia en SI izquierda residual, camina de talones y puntas, dedos-suelo 10 cms., limitada la movilidad, de la columna cervical en los últimos grados.

3) Con fecha 12.9.1997, aceptando la propuesta de la Comisión de Evaluación de Incapacidades, -según consta por Diligencia- la Dirección Provincial de Zaragoza del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución por la que se le declaró en situación de no afecto de grado invalidante alguno, dicha resolución fue confirmada por sentencia del Juzgado de lo Social n° 2 de esta Ciudad de 3.12.1997.

4) En la actualidad padece las mismas lesiones antes reseñadas.

5) Incoado, de oficio, en 19.1.1999 expediente de invalidez, con fecha 23.2.1999, aceptando la propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitida en 3.2.1999, -según consta por Diligencia- la Dirección Provincial de Zaragoza del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución...

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