STSJ Galicia , 29 de Noviembre de 2001

PonenteCARLOS LOPEZ KELLER
ECLIES:TSJGAL:2001:8934
Número de Recurso6735/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0006735 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1681/2.001 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a veintinueve de noviembre de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0006735 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Dña. Sonia , representada por Dña. PALOMA RODRIGUEZ PUENTE y dirigida por D. JOSE LUIS PENA FERNÁNDEZ, contra el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Cangas de 3 de julio de 1997 que denegó a la recurrente la devolución de las cantidades abonadas en concepto de proyecto básico y por la autorización de la Jefatura Provincial de Carreteras para la construcción de una vivienda unifamiliar. Es parte como demandada AYUNTAMIENTO DE CANGAS (PONTEVEDRA) representada Dña. DULCE MARIA MANEIRO MARTINEZ y dirigida por D. JOSE RAMON RODRIGUEZ SABUGO FERNÁNDEZ. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 460.991 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 22 de noviembre de 2001.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ KELLER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Cangas de 3 de julio de 1997 que denegó a la recurrente la devolución de las cantidades abonadas en concepto de proyecto básico y por la autorización de la Jefatura...

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