STSJ Galicia , 31 de Julio de 2001

PonenteCARLOS LOPEZ KELLER
ECLIES:TSJGAL:2001:6081
Número de Recurso5615/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005615 /1997 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1122- 2.001 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a treinta y uno de julio de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005615 /1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Victor Manuel , representado por el procurador D. RODRIGO DE SANTIAGO ZARCO y dirigido por el letrado D. JOSE RAMON PAZOS MACEIRAS, contra la resolución del Ministerio de Fomento de 17.4.97 desestimatoria de recurso ordinario contra otra del Gobernador Civil de Pontevedra de 21.3.96 demolición obras p k. 114,950 del C. 4 -550, expediente 4237 /90. Es parte como demandada el MINISTERIO DE FOMENTO representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 630.001 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 19 de julio de 2001.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ KELLER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso la resolución del Subsecretario del Ministerio de Fomento, por delegación del Ministro, de 17 de abril de 1997 desestimatoria del recurso ordinario deducido contra la del Gobernador Civil de Pontevedra de 21 de marzo de 1996 que dispuso la demolición de lo indebidamente realizado por el recurrente a la altura del p k. 114 95 de la carretera CN-550, término municipal de Pontevedra, con restitución del terreno al estado anterior, todo ello como consecuencia de la comisión por aquél de una infracción del artículo 31.3. a) de la Ley 25 /1988, de 29 de julio, de Carreteras del Estado.

SEGUNDO

No todo defecto de forma, aunque existiese, lleva necesariamente a la nulidad de las actuaciones y a la reposición del expediente al momento en que se cometieron; para que esto se produzca es preciso que esa defectuosa actuación haya sido causa de indefensión del sancionado (sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 1988). Y es que, como declara la sentencia de 27 de diciembre de 1990, el derecho administrativo, en principio, se ha decidido por un antiformalismo ponderado que sin merma ni quiebra de la legalidad permita el desarrollo de la actuación administrativa conforme a normas...

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