STSJ Galicia , 11 de Julio de 2001
Ponente | PATRICIA FARALDO CABANA |
ECLI | ES:TSJGAL:2001:5496 |
Número de Recurso | 9560/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO: 03 /0009560 /1997 RECURRENTE: BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO S. A. ADMON. DEMANDADA: CONSELLERIA XUSTIZA, INTERIOR E RELACIONS LABORAIS PONENTE: . D/ña. PATRICIA FARALDO CABANA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 614/2001 Iltmos. Sres:
D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ Dª PATRICIA FARALDO CABANA En la Ciudad de A Coruña, once de julio de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0009560 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO S. A., domiciliado en c/ Alcalá 49 (Madrid), representado por D/ña. LUIS FERNANDEZ AYALA MARTINEZ y dirigido por el Letrado D/ña.
FRANCISCO RODRIGUEZ GIGIREY PEREZ, contra Resolución de 15 -7 -97 desestimatoria de recurso contra de la Delegac. Provincial de la C. de Xustiza, Interior e Relacións Laborais en Vigo sobre acta de infracción nº 856 /96, Expte. nº 208 /97 Es parte la Administración demandada 2 CONSELLERIA XUSTIZA, INTERIOR E RELACIONE LABORÁIS, representada por el D/ña. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.
La cuantía del asunto es determinada en 500.000 ptas.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. PATRICIA FARALDO CABANA
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- Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
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- Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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- No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 10 de Julio de 2001, fecha en que tuvo lugar.
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- En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.
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- De acuerdo con el Acta de Infracción, "se efectuó visita el día 29 -4 -96 al centro de trabajo que la empresa de referencia tiene en C/Suárez Llanes, 34 en la localidad de Vigo (sucursal 170) comprobándose lo siguiente: Uno de los paneles de la doble puerta exterior está inutilizado debido a las malas condiciones en que se encuentra por lo que la anchura...
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