STSJ Galicia , 24 de Marzo de 2001

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:2532
Número de Recurso330/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

Doña María Asunción Barrio Calle, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 330-2000 RF-A ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOSÉ ELIAS LÓPEZ PAZ ILMA. SRA. ROSA Mª RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ A Coruña, a veinticuatro de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 330-2000 interpuesto por D. Arturo contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. dos de Ferrol siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 337-99 se presentó demanda por D. Arturo en reclamación de Revisión Incapacidad siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 18 de octubre de 1999 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- La parte actora, nacida el 7 de enero de 1940 con D.N.I. n° NUM000 se encuentra afiliada a la Seguridad

Social en el Régimen General con el n° NUM001 siendo su profesión habitual la de armador. La parte actora es en la actualidad pensionista de invalidez permanente total en virtud de Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 18 de diciembre de 1990 por padecer: Obesidad. Varicosis pantorrilla izquierda. Leve limitación cadera izquierda. Moderada limitación cadera derecha. Rx: moderada coxartrosis derecha. Leve coxartrosis izquierda. Hipoplasia sinfisis púbica más acentuada en lado derecho.- 2.- Habiendo solicitado a la Entidad demandada revisión de la invalidez permanente total, ésta mediante Resolución de fecha 6 de abril de 1999, denegó la pretensión actora por no haberse producido variación en el estado de sus lesiones que determine la modificación del grado de incapacidad permanente que tiene reconocido.- 3.- Finalizó la vía administrativa mediante la preceptiva reclamación previa ante la Dirección Provincial del INSS. que, por resolución de fecha 10 de junio de 1999 confirmó el pronunciamiento inicial.- 4.- Padece la parte actora: Prótesis total de cadera derecha. Espondilosis lumbosacra. Cervicoartrosis.

Obesidad moderada.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que, desestimando la pretensión de la demanda interpuesta por D. Arturo debo absolver y absuelvo a la Entidad demandada de las pretensiones de la parte actora.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El beneficiario muestra su...

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