STSJ Galicia , 24 de Enero de 2001

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:476
Número de Recurso4487/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 4487-99 RF-A ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOSÉ ELIAS LÓPEZ PAZ ILMA. SRA. ROSA Mª RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ A Coruña, a veinticuatro de enero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 4487-99 interpuesto por Dª Flor contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm dos de Ferrol siendo Ponente el ILMO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 199-99 se presentó demanda por Dª Flor en reclamación de Incapacidad siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 2 de junio de 1999 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- La parte actora, nacida el 17 de enero de 1940 con D.N.I. n° NUM000 se encuentra afiliada a la Seguridad Social en el Régimen Especial de empleados del Hogar con el n° NUM001 siendo su profesión habitual la de empleada del Hogar.- 2.- Habiendo solicitado a la Entidad demandada invalidez permanente, ésta mediante Resolución de fecha 17 de febrero de 1999, declaró que la parte actora no se encontraba en situación de invalidez permanente en ningún grado de invalidez.- 3.- Finalizó la vía administrativa mediante la preceptiva reclamación previa ante la Dirección Provincial del INSS, que, por resolución de fecha 22 de marzo de 1999 confirmó el pronunciamiento inicial.- 4.- La base reguladora de la prestación asciende a 67.424 pesetas.- 5.- Padece la parte actora: Cervicoartrosis. Discopatía C6C7. Periartritis escapulohumeral derecha. Discopatía lumbar. Escoliosis lumbar.- 6.- Acredita la parte actora 7.857 días de cotización.- 7.- El Dictamen Propuesta del E.V.I. es de fecha 3 de febrero de 1999.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que, desestimando las pretensiones de la demanda interpuesta por Dª. Flor absuelvo de las mismas al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

CUARTO

Contra dicha sentencia...

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