STSJ Cantabria , 20 de Junio de 2001

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2001:1186
Número de Recurso430/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 797/01 Rec. Núm. 430/01 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias En Santander a veinte de junio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Jose Manuel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Tres de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Jose Manuel siendo demandado el Excmo. Ayuntamiento de Laredo, sobre despido, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 5 de abril de 2.001, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - D. Jose Manuel prestó servicios como "abogado en oficina de Rehabilitación de la Puebla Vieja"

    por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección del Ayuntamiento de Laredo, con antigüedad de 5 de enero de 1.998, categoría profesional de técnico superior y salario bruto mensual en cómputo anual de 292.195,- pesetas.

  2. - El trabajador y la empresa firmaron cinco contratos de trabajo, que se dan por reproducidos y en virtud de los cuales aquél trabajó para ésta durante los siguientes periodos de tiempo:

    - 01/10/96 - 31/12/96 - 01/01/97 - 15/05/97

    - 23/06/97 - 22/11/97 - 05/01/98 - 04/01/99 05/01/99 - 04/01/01 3°.- En el cuarto contrato de trabajo de duración determinada, celebrado al amparo del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, para la realización de una obra o servicio determinados y de fecha 5 de enero de 1.998, se convino: (...) La duración del contrato será de doce meses y se extenderá desde 5-1-98 hasta 4-1-99. El objetivo del presente contrato es prestación de servicios en la oficina de rehabilitación de la Puebla Vieja durante el programa establecido por el Ayuntamiento y que tendrá una duración máxima de doce meses. (...). Cláusulas adicionales. Este servicio tendrá una duración máxima de doce meses año 98. ().

  3. - En el quinto y último contrato de trabajo, para la realización de una obra o servicio determinados y de fecha 4 de enero de 1.999, se convino: La duración del contrato será de dos año, y se extenderá desde 5-1-99 hasta 4-1-2001. El objeto del presente contrato es prestación de servicios como licenciado en derecho. Abogado. En la oficina de rehabilitación de la Puebla Vieja durante el programa establecido por el pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 25 de noviembre de 1.998 y que tendrá una duración de dos años.

  4. - El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 1.995, acordó:

    "aprobar el proyecto de oficina de apoyo a la rehabilitación de la Puebla Vieja, dentro del III Convenio Inem-Corporaciones Locales por un período de 9 meses.

  5. - La Comisión del Gobierno del Ayuntamiento acordó el 6 de noviembre de 1.997 consignar en los Presupuestos de 1.998, una partida que permita el contratar al personal de la Oficina de Rehabilitación de la Puebla Vieja durante un año.

  6. - El anterior acuerdo se debió a "La situación en que quedará la Oficina de Apoyo a la Rehabilitación de la Puebla Vieja al finalizar sus contratos las personas responsables de la misma dentro de un mes, no pudiendo contar ya con ayudas del INEM. Proponiendo su continuación a cargo del Ayuntamiento y el pago de sus haberes y su duración de un año.

  7. - El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 1.998, adoptó el siguiente acuerdo: La Oficina de Rehabilitación de la Puebla Vieja ha venido desarrollando durante 1.998, con los antecedentes del ejercicio de 1.997, las actuaciones previstas dentro del programa de rehabilitación el casco antiguo que este Ayuntamiento tiene planteado como uno de sus objetivos principales en la gestión municipal. No obstante el desarrollo del proyecto ha demostrado que el mismo es más amplio e importante que lo que inicialmente se había previsto, siendo prueba de ello que la aprobación del Plan Especial de la Puebla Vieja se encuentra a la fecha efectuada exclusivamente con carácter inicial cuando en un principio era previsible que se encontrase en una fase más avanzada de gestión. Por tanto la experiencia demuestra la necesidad de ampliar en el tiempo el programa de la oficina de la Rehabilitación de la Puebla Vieja estimándose en principio dicho plazo en dos años, dado que el horizonte que se plantea es el de aprobación definitiva del Plan Especial con fijación de las áreas de rehabilitación y ordenación y sistematización de la gestión urbanística en la zona así como otras actuaciones relacionadas con la gestión urbanística de la Puebla Vieja. En razón de lo indicado el Pleno de la Corporación visto el dictamen de la Comisión Informativa de Obras de fecha 23 de noviembre de 1.998, por unanimidad acordó la ampliación del Programa de mantenimiento de la Oficina de Rehabilitación de la Puebla Vieja en el siguiente detalle:

    1. Duración: Dos años, a contar desde el día 5-1-99. B) Personal a adscribir: Nombre: Jose Manuel .

    Licenciado en derecho. Plácido . Ingeniero. Teresa , Auxiliar admón. Las retribuciones de cada ejercicio serán las que se establezcan en los Presupuestos Municipales de cada año, efectuándose contratación laboral por servicio determinado. C) Objetivos: a) Gestión del expediente del Plan Especial de la Puebla Vieja hasta su aprobación definitiva. B) Delimitación y tramitación para su aprobación de las áreas de rehabilitación especial en que se concrete la zona, con formación del fichero de solares y edificios de cara a la gestión del Plan Especial. C) Gestión de los expedientes de orden de ejecución y ruina a fin de proceder a la regularización de la gestión urbanística de la Puebla Vieja con el fin de que finalizado el período establecido para el programa se pueda continuar con la gestión urbanística por los Servicios Municipales integrados en la Plantilla de la Corporación. D) Informe y seguimiento de los expedientes de licencias de obras que se tramiten durante el período establecido de duración del programa. E) Actuaciones complementarias de las indicadas encaminadas a actuaciones en la Puebla Vieja, sin perjuicio de que por motivos de organización de los servicios puede encomendarse, con carácter excepcional, actuaciones no incluibles dentro de los apartados anteriores. D). Gastos de mantenimiento de la oficina: Los gastos de mantenimiento de la Oficina de Apoyo a la Rehabilitación de la Puebla Vieja, se estiman de conformidad con la relación aportada en fecha 5 de noviembre en la cantidad de 1.350.000 .

  8. - El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2.000, adoptó los siguientes acuerdos:

    Dar por finalizado, en los términos recogidos en este acuerdo, el problema relativo a la oficina de Rehabilitación de la Puebla Vieja con asunción de sus funciones por los Servicios Municipales de conformidad con las normas que se recogen en el presente acuerdo.

    En su virtud aprobar la creación del programa de...

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