STSJ Castilla y León , 5 de Marzo de 2001
| Jurisdicción | España |
| Emisor | Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), sala social |
| Ponente | ENRIQUE JOSE MIGUEZ ALVARELLOS |
| Fecha | 05 Marzo 2001 |
| Recurso número | 198/2001 |
| Categoría | incapacidad laboral permanente,incapacidad permanente parcial,Accidente laboral |
Rec. Núm: 198/2001 Ilmos. Sres:
D. Enrique J. Míguez Alvarellos Presidente D. José María Ramos Aguado D. Emilio Alvarez Anllo En Valladolid, a cinco de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid compuesta por los Ilmos Sres anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 198 de 2001 interpuesto por Gabino contra la sentencia del Juzgado de lo Social Número Dos de León de fecha 5 de diciembre de 2000 (autos n° 443/00), dictada a virtud de demanda promovida por referido actor contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y OTROS, sobre INVALIDEZ PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Enrique J. Míguez Alvarellos.
Con fecha 14 de julio de 2000 se presentó en el Juzgado de lo Social Número Dos de León demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.
En mencionada sentencia y como hechos probados constan los siguientes: "PRIMERO.- El actor nació el 18-9-62, está afiliado al Régimen Especial de la Minería del Carbón como trabajador por cuenta ajena, ayudante Minero. SEGUNDO.- Inició expediente en solicitud de invalidez permanente, por valoración conjunta de enfermedad profesional y accidente de trabajo sufrido el día 18-9-92, si bien entendiendo como contingencia determinante dicho accidente. La fecha de la solicitud fue el 10-11-99. No consta que con anterioridad hubiera interesado ninguna prestación de incapacidad por el meritado accidente. TERCERO.- La base reguladora de la prestación interesada para la incapacidad permanente total es de 2.512.308 pesetas anuales y para la incapacidad permanente parcial 7.280 pesetas diarias, estando todas las partes de acuerdo. CUARTO.- El actor en fecha 18-9-92 y cuando prestaba servicios para la empresa codemandada, que tiene concertadas las contingencias profesionales con la Mutua Montañesa, sufrió un accidente de trabajo, en concreto se golpeó el hombro izquierdo por caída de un martillo de barrenista. Fue diagnosticado de esguince acromio clavicular hombro izquierdo y contusión en zona clavicular. En fecha 7-2-93 fue dado de alta con secuela de atrofia y paresia deltoidea izquierda. QUINTO.- El actor padece las siguientes dolencias derivadas del accidente de trabajo...
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ATS, 27 de Noviembre de 2014
...43.1 LGSS , por lo que habría prescrito. Invoca la parte recurrente de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 5 de marzo de 2001 (Rec. 198/2001 ), en la que consta que el actor sufrió un accidente de trabajo el 18-09-1992, solicitando re......