STSJ Castilla y León , 19 de Enero de 2001

PonenteSANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA
ECLIES:TSJCL:2001:357
Número de Recurso259/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

interesando la exención por la prestación percibida en concepto de Ayuda Asistencial de MUFACE por hijo minusválido a cargo. Estimación del recurso dado el carácter reparador de la prestación que se percibe y por aplicación del principio de igualdad.

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a diecinueve de Enero de dos mil uno. En el recurso número 259/1999, interpuesto por D. Jose Francisco , representado por el Procurador D. Cesar Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado D. Agustín Sánchez Rodríguez, contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos, desestimando reclamación contraliquidación 5/364/96 sobre IRPF, habiendo comparecido, como parte demandada la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, defendida por el Sr. Abogado del Estado, en virtud de representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 13 de abril de 1999. Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 18 de junio de 1999, que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que: " Se revoque la resolución dictada por El Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León con sede en Burgos de fecha 28 de enero del presente año, admitiendo que la ayuda asistencial concedida a mi representado durante el periodo impositivo de 1.994 por importe de 1.600.000 pts por MUFACE, tiene la condición de renta exenta. Dejando sin efecto la liquidación practicada por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de Avila de la Agencia Estatal de Administración Tributaria reclamación 5/364/1996".

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal a la parte demandada, quien contestó a medio de escrito de 17 de agosto de 1999 , oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

No habiéndose recibido el juicio a pruebas, ni habiéndose solicitado por las partes dentro de plazo la celebración de vista, ni trámite de conclusiones; señalándose el día dieciocho de enero de 2001, para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso jurisdiccional la resolución dictada por el TEAR de Castilla y León, Sala de Burgos, de fecha 28 de enero de 1.999, que resuelve la reclamación económico administrativa nº 5/364/1996, interpuesta contra la liquidación provisional practicada por la Dependencia de Gestión Tributaria, de la Delegación de Ávila de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1994, por importe de 15.486 pesetas a devolver, frente a las 530.746 ptas solicitadas por el interesado en su autoliquidación; girando la cuestión debatida en torno a si ha de ser considerada exenta la prestación percibida en concepto Ayuda Asistencial percibida por hijo minusválido a cargo.

Alega la recurrente que las cantidades percibidas en concepto de Ayuda Asistencial, concedida para sufragar los gastos de asistencia de su hijo Gregorio , quien padece un grado de minusvalía con grado de discapacidad orgánica y funcional del 90%, con calificación de gran invalidez, según dictamen expedido por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales, han de considerarse exentas incluso antes de la reforma operada por la Ley 13/1996, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden...

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