STSJ Andalucía , 2 de Abril de 2001

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2001:4550
Número de Recurso11/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 11/01 JUZGADO: JAÉN NÚM. DOS SENTENCIA NÚM. 212 DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Don Federico Amador Castillo Blanco

En la Ciudad de Granada, a dos de abril de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 11/01 dimanante del recurso nº 267/00, seguido por el procedimiento especial para la Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de los de Jaén, siendo parte apelante DON Rafael , representado por la Procuradora Dª. Francisca Medina Montalvo a efectos de notificaciones; y parte apelada la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN, representada por la Procuradora Dª. Mª. Angeles Calvo Sainz, a efectos de notificaciones. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Jaén, en fecha 22 de septiembre de 2.000, dictó sentencia nº 320/00, en el recurso núm. 267/00 tramitado ante el mismo por el procedimiento especial de Protección de Derechos Fundamentales, en la que se acordaba: "Que desestimando como desestimo, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales, Dª María Victoria Marín Hortelano, actuando en nombre y representación de D. Rafael , contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 1/6/00, dictada por el Iltmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Jaén, por encontrarla ajustada a Derecho. Todo ello sin realizar pronunciamiento alguno en materia de costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso y adhiriéndose el Ministerio Fiscal al recurso de apelación presentado.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó

Ponente al Ilmo. Sr. D. Rafael Puya Jiménez, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Jaén, en fecha 22 de septiembre del año 2.000, en el procedimiento número 267/00, seguido por el procedimiento especial de Protección de los Derechos Fundamentales, en el que se impugnaba la resolución del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ País Vasco 270/2009, 7 de Abril de 2009
    • España
    • 7 Abril 2009
    ...de la sentencia de instancia no cumple la exigencia citada. De la misma manera, la invocación a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada) de 2 de abril de 2001 , por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Ref. Aranzadi JUR 2001\\ 179674), señalada por la parte......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR