STSJ Comunidad Valenciana , 4 de Octubre de 2001

PonenteMARIA MERCEDES BORONAT TORMO
ECLIES:TSJCV:2001:8137
Número de Recurso2116/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 2116/2001 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell.

Ilmo. Sr. D. Jesús Sánchez Andrada.

En Valencia, a cuatro de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 5237/2.001 En el Recurso de Suplicación núm. 2116/2.001, interpuesto contra la sentencia de fecha 10 DE MARZO DE 2.001, dictada por el Juzgado de lo Social núm 6 de Valencia, en los autos núm. 42/01, seguidos sobre despido, a instancia de D. Paulino Y Juan María , representado por el letrado D. Javier Garcia Mocholi, contra THYSSEN SERVICIOS TÉCNICOS, S.A., representado por el letrado D. Francisco Guillen Bargues, y en los que es recurrente ambas partes, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 10 DE MARZO DE 2.001 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda formulada por D. Ricardo Esteban Pascual, actuando en nombre y representación de los trabajadores D. Paulino Y D. Juan María contra la empresa THYSSEN SERVICIOS TÉCNICOS, S A, debo declarar y declaro NULO el Despido realizado por la demandada con fecha de efectos 31-12-00, CONDENANDO a la citada demandada a la readmisión de forma inmediata de ambos actores, representantes de los trabajadores y condenando a la demandada al abono a cada uno de ellos de los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido a razón de 7338 ptas diarias.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que los actores representado D. Paulino con D.N.I. n° NUM000 y D. Juan María con D.N.I. n°

NUM001 trabajaron para la empresa demandada THYSSEN SERVICIOS TECNICOS, S.A. en el centro de trabajo del Poligono Industrial Ford España, S.A. con la antigüedad, categoria profesional y salario mensual prorrateado siguientes: 1º D. Paulino , 2-1-95. Oficial 1ª mecanico, 223.200 ptas.- 2º D. Juan María , 3-4-95.

Especialista Electrico, 223.200 ptas. SEGUNDO.- En fecha 3-11-94, la demandada Thyssen Servicios Tecnicos, S.A. suscriben un contrato mercantil en virtud del cual Thyssen S.T.S.A. contratista, puso a disposición de Ford España, S.A. los medios tecnicos y organizativos de su estructura empresarial para prestar a esta ultima el servicio de mantenimiento general de la planta Zetec-se, que se efectuara bajo el pedido abierto E-5510. TERCERO.- Con tal motivo la demandada celebra contrato con los actores de duración determinada al amparo del Real Decreto 2.104/84 en las fechas indicadas, y se concierta como consecuencia de realización de una obra o servicio determinado (Explosion General) y en la clausula septima el mismo se establece como objeto del contrato "servicios de mantenimiento en planta de motores de Ford Valencia". CUARTO.- La vigencia del contrato mercantil entre la demandada y FORD S.A. en la clausula n° 13 VIGENCIA establece que el presente contrato entraría en vigor el 3-11-94 y finalizará el 31-12-00, aun cuando en el ultimo párrafo de dicha clausula se establecerá ambas partes acuerden discutir la eventual prorroga del contrato a partir del 1-1-00. En la clausula 2ª se establecen los codigos BC que explicitan los trabajos a realizar por Thyssen, S.A. con especificaciones tecnicas que obran en la misma y que se dan por reproducidas; en la 8ª, el precio de facturación de cada servicio o realización tecnica.

QUINTO

Los actores realizaban los servicios en las unidades de contratación siguientes: 1.- D. Paulino , según partes de trabajo aportados, realizaba los servicios: BC- 5326=Mantenimiento equipos control, electronico laboratorio. BC- 5285=Mantenimiento redes de tuberias. BC-5350= Mantenimiento sistemas taladrinas y lavadoras, BC-5384 que no figura enumerada en los citados servicios. 2.- D. Juan María , según los partes de trabajo, realizaba los servicios: BC-5330=Mantenimiento sistema taladrinas y lavadoras, BC-5384, que no figura enumerada en los citados servicios. La demanda no ha explicado las funciones o servicios que corresponden al BC- 5384. SEXTO.- En fecha 27-11-00 Ford, S.A., comunica a Thyssen S.A. la cancelación del servicio de mantenimiento referido con fecha 31-12-00, previsto en la clausula 13 del citado contrato mercantil. Con fecha 12-12-00 la empresa también comunica a ambos productores la finalización del respectivo contrato de trabajo como consecuencia de la cancelación por Ford, S.A. del servicio de mantenimiento de la Planta Zetec-Se, con efectos de 31-12-00, "habida cuenta la vinculación de su contrato laboral con el servicio citado". SEPTIMO.- En fecha 20- 12-00, la empresa demandada previendo la posibilidad de firmar dos pedidos abiertos a los efectos de realizar trabajos de reacondicionamiento y mantenimiento en la planta de ZETEC, así como mantenimiento y climatización en dicha planta, selecciona o recontrata a cinco...

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