STSJ Comunidad Valenciana , 4 de Octubre de 2001

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2001:8134
Número de Recurso520/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 520/99 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilma. Sra. Dª. Mª Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, a cuatro de Octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 5.210/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 520/99, interpuesto contra la sentencia de fecha seis de Octubre de mil novecientos noventa y ocho, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Ocho de los de Valencia, en los autos núm. 443/97, seguidos sobre CANTIDAD, a instancia de D. Everardo , D. Roberto Y D. Juan Antonio , contra AMBULACIAS LAPEÑA S.L., asistida por el Letrado D. Antonio Jiménez Toledo, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Mª Luisa Mediavilla Cruz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha seis de Octubre de mil novecientos noventa y ocho, dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que estimando como estimo las demandas formuladas por Everardo , Roberto y Juan Antonio contra la empresa AMBULANCIAS LAPEÑA S.L., debo condenar y condeno a la mencionada empresa a que abone a Everardo la cantidad de 378.160 ptas. a Roberto la cantidad de 251.086 ptas., y a Juan Antonio la cantidad de 254.702 ptas., por las reclamaciones de Autos, más el 10 %

en cómputo anual de dichas cantidades en concepto de interés por mora".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Los demandantes vienen prestando sus servicios laborales por cuenta y orden de la empresa AMBULANCIAS LAPEÑA S.L., dedicada al transporte de Enfermos y Accidentados en ambulancia, siendo de aplicación el Convenio colectivo de trabajo para las empresas de trabajadores de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia, publicado en el B.O.E. de 9 de Septiembre de 1.996, con las circunstancias profesionales de antigüedad, categoría profesional y salario mensual con inclusión del prorrateo de pagas extraordinarias que se reseña a continuación de sus nombres: - Everardo : 20 de Febrero de 1.996, conductor y 193.127 ptas.. - Roberto : 3 de Febrero de 1.995, Conductor y 198.751 ptas. - Juan Antonio : 20 de Febrero de 1.996, Conductor y 193.127. SEGUNDO.- Que los actores han devengado las siguientes cantidades por los conceptos que se indican: - Everardo : - 1) 241.655 PTAS. en concepto de dietas por el periodo comprendido entre Junio de 1.996 y Marzo de 1.997, ambos inclusive (Junio 1.996 20 días trabajados = 23.500 ptas. Julio 1.996 25 días trabajados = 29.375 ptas. Agosto 1.996 21 días trabajados = 24.675 ptas. Septiembre 1.996 21 días trabajados = 24.675 ptas. Octubre 1.996 8 días trabajados = 9.400 ptas. Noviembre 1.996 21 días trabajados = 24.675 ptas. Diciembre 1.996 24 días trabajados = 28.200 ptas. Enero 1.997 15 días trabajados = 18.083 ptas. Febrero 1.997 25 días trabajados =

30.139 ptas. Marzo 1.997 24 días trabajados = 28.933 ptas. - 2) 136.515 ptas. en concepto de horas de presencia, a razón de 815 ptas./hora por el periodo comprendido entre Julio de 1.996 y Marzo de 1.997, ambos incluidos (Julio 1.996 22 horas = 17.930 ptas. Enero 1.997 38 horas = 30.970 ptas. Febrero 1.997 87 horas = 70.905 ptas. Marzo 97 9 horas = 7.335 ptas.), y retribución complementaria artículos 20 y 21 Convenio colectivo (días 1 de Enero de 1.997, 27 de Marzo de 1.997 y 28 de Marzo de 1.997, a razón de 3.125 ptas./día = 9.375 ptas.). - Roberto : 251.086 ptas en concepto de dietas por el periodo comprendido entre Junio de 1.996 a Marzo de 1.997 ambos inclusive (Junio 1.996 20 días trabajados: 23.500 ptas. Julio 1.996 23 días trabajados = 27.025 ptas. Agosto 1.996 21 días trabajados: 24.675 ptas. Septiembre 1.996 21 días trabajados: 24.675 ptas., Octubre 1.996 22 días trabajados = 25.850 ptas....

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