STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Julio de 2001
Ponente | MARIANO AYUSO RUIZ-TOLEDO |
ECLI | ES:TSJCV:2001:6260 |
Número de Recurso | 1701/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Julio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
2 R. 1701/1998.
SENTENCIA Nº 870 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :
Presidente :
JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados :
Dña. JOSEFINA SELMA CALPE.
D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO.
En la Ciudad de Valencia, a dos de julio de dos mil uno. VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 1701 de 1998, interpuesto por el Letrado Sr. Blasco Mateu, en representación de la mercantil "Hero España S.A.", contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Valencia de fecha 28 de abril de 1989, desestimatoria de la reclamación nº 3749/87, relativa a devolución de sumas repercutidas en el Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustadas a Derecho las resoluciones recurridas.
La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida. En el mismo sentidos las codemandadas.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 22 de junio de 2001, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por el Letrado Sr. Blasco Mateu, en representación de la mercantil "Hero España S.A.", contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Valencia de fecha 28 de abril de 1989, desestimatoria de la reclamación nº 3749/87, relativa a devolución de sumas repercutidas en el Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas. La expresada resolución fue recurrida en lazada ante el Tribunal Económico-Administrativo Central -por expresarse así en la misma originariamente tal recurso-, el cual acordó inadmitir el recurso y ordenó la nueva notificación expresando la cualidad de única instancia, practicada la cual se interpone el que da lugar a este proceso.
La parte actora funda la pretensión impugnatoria de la resolución contra la que se dirige el recurso -y que conlleva, obviamente, una pretensión de plena jurisdicción de que le sean devueltas las sumas que le han sido denegadas por la Administración- en que la mercantil demandante soportó en los ejercicios 1982 a 1985 la repercusión del Impuesto al tipo correspondiente a "ventas de fabricantes e industriales", siendo así que debía de haberse girado como "ventas de comerciantes mayoristas", en aplicación del artículo 8 del Decreto 888/1969, de 9 de mayo, de Estatuto Fiscal de las Cooperativas, conforme al que no se entenderá como proceso industrial la transformación primaria de productos...
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