STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Febrero de 2001

PonenteANA VEGA PONS-FUSTER OLIVERA
ECLIES:TSJCV:2001:1321
Número de Recurso786/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 786/98 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Ilma. Sra. Dª. Ana Vega Pons Fuster Olivera En Valencia, a doce de Cárdenas febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 578/2001.

En el Recurso de Suplicación núm. 786/98, interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de enero de 1997, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Alicante, en los autos núm. 909/96, seguidos sobre desempleo, a instancia de Enrique , asistido por el letrado Antonio Navarro Bernabé, contra INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, y en los que es recurrente demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Ana Vega Pons Fuster Olivera

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 15 de enero de 1997, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda formulada por Enrique contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO anulo y dejo sin efecto la resolución de 11 julio de 1.996, recaída en el expediente sancionador seguido contra el actor, por lo que condeno al referido organismo demandado a que reponga aquel en el subsidio por desempleo que venía percibiendo.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor don Enrique , mayor de edad con D.N.I. n° NUM000 , domiciliado en Petrer (Alicante), perceptor del subsidio por desempleo, recibió del INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO comunicación fechada el 5 de junio de 1.996 por la que se le informaba de la iniciación de un proceso sancionador con propuesta de extinción del subsidio por haber incumplido la obligación de solicitar la baja en la percepción de desempleo al poseer el conjunto de la unidad familiar rentas que, divididas por el número de miembros superan el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

El indicado proceso sancionador concluyó por resolución de 11 de julio de 1.996, en la que se acordaba la extinción de la prestación por desempleo percibida por el actor, por no haber cumplido su obligación de solicitar la baja al disponer de rentas propias superiores al 75% del S.M.I. desde el 1 de enero de 1.996. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló el actor reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 22 de agosto de 1.996. CUARTO.- El actor convive con su esposa doña Andrea y con sus dos hijos Ángela , nacida el 1 de octubre de 1.971, y...

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