STSJ Comunidad Valenciana , 5 de Febrero de 2001

PonenteLEOPOLDO CARBONELL SUÑER
ECLIES:TSJCV:2001:1100
Número de Recurso1870/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 1870/98 Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora En Valencia, a cinco de Febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente.

SENTENCIA N° 660/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 1870/98, interpuesto contra la sentencia de fecha 27 de Enero de 1998, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Elche, en los autos núm. 518/97, seguidos sobre Invalidez total, a instancia de D. Cristobal , asistido del Letrado Salvador Soler Campos, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y CONSELLERIA DE SANIDAD Y CONSUMO, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 27 de Enero de 1998, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la Consellería de Sanidad y consumo, debo absolver y absuelvo a la citada Conselleria de la totalidad de los pedimentos contenidos en la demanda y desestimando la demanda interpuesta por Cristobal contra el I.N.S.S. y la Consejería de Sanidad y Consumo debo absolver y absuelvo al instituto demandado de la totalidad de los pedimentos contenidos en la demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte demandante nació el día 23-2-38, figura afiliada a la Seguridad social con el n°

NUM000 , siendo su profesión habitual la de desvirador-lijador en industria de calzado. SEGUNDO.- Iniciado expediente para la declaración de invalidez se emitió dictamen por el equipo de valoración de incapacidades de fecha, con el siguiente juicio diagnostico: Leve protusión discal. Pequeña calcificación en borde posterior de L5-S1, desaconseja la sobrecarga funcional de la columna vertebral. TERCERO.- Por resolución de la dirección provincial del INSS, estimó en base al cuadro residual antes referido, que la parte demandante no se encontraba afecta de invalidez permanente en ninguno de sus grados. CUARTO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 80.738 ptas. QUINTO.- La parte demandante presenta: Lumbociatalgia izquierda, con protusión discal L4-L5 y pequeña calcificación en el posterior del disco L5-S1. SEXTO.- Que se ha agotado la vía administrativa previa.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte...

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