STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Enero de 2001

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2001:800
Número de Recurso3673/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 3673/2000 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilmo. Sr. D. Guillermo Emilio Rodriguez Pastor En Valencia, a treinta de Enero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 503/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 3673/00, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de Octubre de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 6 de Alicante, en los autos núm. 571/00, seguidos sobre Tutela Derecho Libertad Sindical, a instancia de D. Serafin , contra RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES (RENFE), asistido del Letrado Cristina Maruenda Perez y el Ministerio Fiscal, y en los que es recurrente el demandado (RENFE), habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 13 de Octubre de 2000, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovido por D. Serafin frente a la RED NACIONAL DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES (RENFE) y siendo parte el MINISTERIO FISCAL sobre LIBERTAD SINDICAL, debo declarar y declaro la NULIDAD RADICAL DE LA CONDUCTA EMPRESARIAL, descontando los salarios correspondientes a los días 17 y 24 de Marzo de 2000, por vulneración del Derecho a la Libertad Sindical; ordenando a RENFE a que cese inmediatamente dicho comportamiento, por constituir una vulneración del derecho de libertad sindical del mismo, y condenándola, igualmente, a abonarle la cantidad de 32.648 ptas, importe de los descuentos que indebidamente le fueron efectuados.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante, D. Serafin , presta servicios para la demandada RENFE, con una antigüedad de 28-04-90, categoría profesional de maquinista principal y salario de 222.229 ptas/mes. SEGUNDO.- Desde las Elecciones Sindicales de Febrero de 1.999, ejerce cargo de Miembro del Comité de Empresa Provincial de RENFE, además de ser el Secretario de la Sección Sindical de Alicante del Sindicato Unico de Trabajadores Solidaridad Obrera. TERCERO.- El trabajador comunicó al Sr. Jefe de su dependencia, hacer uso de su crédito horario sindical en los...

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