STSJ Castilla-La Mancha , 3 de Septiembre de 2001
Ponente | JAIME LOZANO IBAÑEZ |
ECLI | ES:TSJCLM:2001:2468 |
Número de Recurso | 84/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 3 de Septiembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso núm. 84 de 1.998 Albacete DON JOSÉ PEDRO RUBIO PATERNA, LICENCIADO EN DERECHO, SECRETARIO DE LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA LA MANCHA:
DOY FE: Que en los autos número 84/98, del recurso contencioso-administrativo tramitado ante esta Sala, se ha dictado resolución que, literalmente copiada dice:
S E N T E N C I A Nº. 569 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.
Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. Vicente Rouco Rodríguez Magistrados:
Dª. Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete, a tres de Septiembre de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos número 84 de 1.998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de DOÑA Concepción y DOÑA Francisca , representado y dirigido por la Letrado Dª. Ascensión Martínez Tebar , contra el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL de Castilla la Mancha, que ha estado representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, siendo parte Codemandada la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, sobre Impuesto de Sucesiones; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jaime Lozano Ibáñez;
Doña Concepción y Doña Francisca presentaron, el 16/01/98, recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Economico Administrativo Regional de Castilla la Mancha, de 12/09/97, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa 02-920/96, interpuesta contra la resolución del Servicio de Gestión Tributaria de la Delegación Provincial de Albacete de la Consejería de Economía y Hacienda que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones SU-8019/96 y SU-8020/96, practicadas en concepto de impuesto de sucesiones y donaciones por aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional 4ª. De la Ley 4/89, de Tasas y Precios Públicos.
Formuladas demanda y contestación, y recibido el pleito a prueba, fueron finalmente presentados escritos de conclusiones.
Para votación y fallo se señaló el día 27 de Junio de 2001; llevada a cabo la misma, quedaron los autos vistos para dictar la correspondiente sentencia.
En la presente causa se han observado las prescripciones legales.
La resolución del Tribunal Económico Administrativo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Andalucía 722/2018, 11 de Abril de 2018
...que causa la nulidad de las comprobaciones de valores practicadas, según ha entendido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Sentencia de 3 de Septiembre de 2001 . - No obstante lo expuesto, se insiste a través de los fundamentos de derecho aquí expuestos en la improceden......