STSJ Cataluña , 27 de Diciembre de 2001

PonenteROSA MARIA VIROLES PIÑOL
ECLIES:TSJCAT:2001:16458
Número de Recurso4444/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4444/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL BR ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIñOL En Barcelona a 27 de diciembre de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 10129/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por I.C.S frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº24 Barcelona de fecha veintitres de febrero de dos mil uno dictada en el procedimiento nº 798/2000 y siendo recurrido/a Gabriel y Otro. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIñOL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4-9-2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha veintitres de febrero de dos mil uno que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando parcialmente los demandados interpuestos por Silvio y Gabriel , frente al Institut Català de la Salut sobre reconocimiento de derecho y cantidad, debo condenar y condeno a la citada entidad demandada a abonar a los mencionados demandantes, a Silvio 468.930.- ptas. y a Gabriel 566.347.- ptas., por los conceptos de demanda desde 1-8-1999 a 31-1-2001.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

1º.- a) D. Silvio , con D.N.I. nº NUM000 , antigüedad desde 1-5-1991, con categoría profesional de Tècnic Mitjà Informàtic b-2.

b) D. Gabriel , con D.N.I. nº NUM001 , antigüedad desde 1-1-1991, con categoría profesional de Tècnic Mitjà Informàtic b-2.

Prestando ambos servicios con las características antes indicadas para el Institut Català de la Salut, aplicándoseles el IV Convenio Básico de la Generalitat para su personal laboral.

2º.- Los Demandantes que ostentan la categoría profesional de C×-Monitor de SIAP y de Operador de Explotación, promovieron demandas, el 8-1-1998, de reclamaciones de clasificación profesional, que resolvió a su favor el Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona, por sentencia de 30-9-1998, que declaró el derecho a la categoría de Técnicos Medios, Grupo B en los dos casos.

3º.- El ICS procedió a ejecutar el fallo judicial en la nómina del mes de mayo de 1999.

A tal efecto reconoció las nuevas categorías profesionales, incrementó las retribuciones básicas (salvo el complemento de convenio), pero redujo el complemento de convenio que percibían los actores en cuantía de 22.000.-ptas y 41.964.-ptas., respectivamente, en proporción al incremento operado en las retribuciones básicas, dejándolo en 0 ptas. y 17.037.-, respectivamente, de manera que el reconocimiento de la nueva categoría profesional ha supuesto incremento retributivo.

4º.- Los actores reclaman el complemento de convenio comprendido entre 1-7-1999 a 30-6-2000 y asimismo actualizan las cantidades reclamandas a 31-1-2001, siendo la cantidad reclamada total para cada uno:

Silvio 490.930.-ptas.

Gabriel 591.274.-ptas.

Asímismo y en el supuesto de ser estimada la excepción de prescripción alejada de contrario, respecto a los períodos anteirores a 1 agosto de 1999, la cantidad que debería abonar el ICS, sería la resultante para el período 1-8-1999 a 31-1-2001, por tanto habría que reducir las cantidades totales en 22.000 y 24.927.-ptas. respectivamente, resultando un total para cada uno de:

Silvio 468.930.-ptas.

Gabriel 566.347.-ptas.

5º.- Se formuló la correspondiente Reclamación Previa en fecha 3-8-2000.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada Institut Català de la Salut, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que estimando parcialmente las demandas interpuestas por D. Silvio y D. Gabriel , frente al Institut Català de la Salut sobre reconocimiento de derecho y cantidad, condena a la citada entidad demandada a abonar a los demandantes las cantidades que para cada uno de ellos se señala en la parte dispositiva de la misma, que se da aquí por reproducida, por los conceptos de la demanda desde 1-8-99 a 31-1-01; interpone Recurso de Suplicación el Organismo demandado, que tiene por objeto el examen de las infracciones de normas sustantivas...

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