STSJ Cataluña , 16 de Junio de 2001
Ponente | MARIA LUISA PEREZ BORRAT |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:7527 |
Número de Recurso | 1235/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Recurso n°. 1235/1997 Partes: Doña María Purificación C/ Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña SENTENCIA N°.590 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT D. JOSÉ RAMÓN GIMÉNEZ CABEZÓN En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de junio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 1235/1997, interpuesto por Doña María Purificación , representada y defendida por el Letrado Don Carlos Vinzo Gil, contra el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña, representado y asistido por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.
La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución administrativa de fecha 12 de febrero de 1997, dictada en el expediente núm. 5359/93, en concepto de IVA (ejercicios de 1986 a 1988).
Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Acordado por auto de fecha 14 de septiembre de 2000 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 15 de junio de 2001, a la hora señalada.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Se impugna en este proceso la resolución del TEAR de Cataluña, de 12 de febrero de 1997, que resolvió la reclamación económico-administrativa núm. 5359/93, formulada por la demandante, contra el acuerdo dictado...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Extremadura , 27 de Diciembre de 2002
...interpretativa del precepto legal existente hasta la fecha (ver por todas la muy reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 16 de junio de 2001, en Repertorio Social 261/2001). Reconocida por la propia Entidad Gestora la "buena fe" del beneficiario de la prestación......