STSJ Cataluña , 7 de Junio de 2001
Ponente | IGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:7004 |
Número de Recurso | 1899/2001 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rollo núm. 1899/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL cech ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS En Barcelona a 7 de junio de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.
citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 4888/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por D. Juan Luis frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 3 de Barcelona de fecha 2 de octubre de 2000 dictada en el procedimiento nº 4/2000 y siendo recurridos CESPA INGENIERIA URBANA SA y AJUNTAMENT DE SANT VICENÇ DELS HORTS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA.
Con fecha 4 de enero de 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 2 de octubre de 2000 que contenía el siguiente Fallo:
Desestimando la demanda rectora de los autos, promovida por DON Juan Luis , frente a AJUNTAMENT DE SANT VIVENÇ DELS HORTS y a la empresa CESPA INGENIERIA URBANA, S.A., sobre reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos en su contra formulados.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
El actor, DON Juan Luis , de las demás circunstancias personales que figuran en el encabezamiento de su demanda, con DNI nº NUM000 , inició su prestación de servicios en fecha 01.03.91 por cuenta y orden del Ajuntament de Sant Vicenç dels Horts, para la realización de la limpieza viaria de dicha población, con una máquina Piquersa 1500-AC, doc nº 3 Ajuntament.
En fecha 06.07.98, el trabajador presentó su renuncia al ayuntamiento a haber sido contratado por la empresa INGENIERIA AMBIENTAL CATALANA, S.A. (IACSA), doc nº 5 Ajuntament.
La empresa Ingenieria Ambiental Catalana fue absorvida por la demandada CESPA INGENIERIA URBANA, S.A.
En fecha 01.07.98, el demandante fue contratado al haberse adjudicado la contrata de limpieza y recogida de basuras de la localidad, suscribiéndose contrato de trabajo indefinido y retribución según Convenio Colectivo de Empresa.
A parte se realizó un documento en el que se le garantizaba el sueldo neto mensual de 180.000 pesetas, más gratificaciones extraordinarias y demás complementos establecidos en Convenio (bolsa de vacaciones, préstamos, fondo social, premio jubilación...).
Además de las pagas extraordinarias y mejoras indicadas, se le abona según Convenio el plus convenio, salario base, plus transporte, plus actividad y dietas mercado.
Si todo ello no alcanza las 180.000 pesetas mensuales, se abona un complemento mensual hasta las 180.000 pesetas.
El actor reclama la cuantía de 716.197 pesetas, partiendo de que el salario mensual debe ser de 230.975, computando salario más incrementos más pluses de actividad, transporte, dieta mercado y act personal viaria, por el período 30.11.98 a 31.10.99 que ascendía a 602.926 pesetas, adicionándose la cuantía de 113.271 pesetas, por el período 01.11.99 a 31.12.99 (ampliación escrito de 05.09.00).
Se solicita la aplicación del 10% de interés en concepto de mora.
En fecha 18.11.99, se interpuso reclamación previa ante el Ayuntamiento de Sant Vicenç
dels Horts.
Presentada papeleta ante el SCI en fecha 30.11.99, se celebró el acto de conciliación el día 23.12.99, con el resultado de sin avenencia.
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, CESPA INGENIERIA URBANA, S.A., a la que se dió traslado, impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
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- Recurre en suplicación D. Juan Luis la sentencia que desestimó su demanda en reclamación de cantidad frente a la empresa Cespa Ingeniería Urbana, S.A. y el Ajuntament de Sant Vicenç dels Horts, solicitando en primer lugar, al amparo del apartado b) del articulo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, la supresión del último párrafo del hecho probado...
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