STSJ Cataluña , 29 de Mayo de 2001

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
ECLIES:TSJCAT:2001:6569
Número de Recurso1157/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 1157/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL c.c ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ En Barcelona a 29 de mayo de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 4676/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Abelardo y Dos Más frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº9 Barcelona de fecha veintiséis de julio de dos mil dictada en el procedimiento nº 710/1999 y siendo recurrido/a MACCORP EXACT CHANGE, S.A.. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. JOSÉ

QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26-7-2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contrato trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha veintiséis de julio de dos mil que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo estimar y estimo parcialmente las demandas interpuestas por Abelardo , Claudia y Alexander y debo condenar y condeno a la Empresa Maccorp Exact Change, S.A. a que abone la cantidad de:

116.561 a Abelardo .

114.708 a Claudia .

69.652 a Alexander .

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - El actor Abelardo con D.N.I. nº NUM000 , prestó servicios para la empresa Maccorp Exact Change, S.A., con antigüedad de 19-8-97, categoría profesional de auxiliar y salario bruto mensual de 159.890 ptas. con inclusión de prorrata de pagas extras. Dejó de trabajar en la empresa el 10.4.99 por cese voluntario.

    La actora Claudia con D.N.I. nº NUM001 prestó servicios para la empresa Maccorp Exact Change, S.A., con antigüedad de 1-4-98, categoría profesional de auxiliar y salario bruto mensual de 159.800 ptas.

    con inclusión de prorrata de pagas extras. Dejó de trabajar en la empresa el 10.4.99 por cese voluntario.

    El actor Alexander prestó servicios para la empresa Maccorp Exact Change, S.A., con antigüedad de 29.6.98, categoría profesional de auxiliar y salario bruto mensual de 159.800 ptas. Dejó de trabajar en la empresa el 21.4.99 por cese voluntario.

  2. - El actor Abelardo suscribió un contrato de trabajo de duración indefinida el 14.5.98 y en cuya cláusula primera figura la categoría de auxiliar administrativo.

    La actora Claudia suscribió un primer contrato de duración determinada el 12.10.98 cuya duración se entenderá hasta el 18.10.98 con la categoría profesional de auxiliar administrativa. El 20.10.98 suscribió un contrato de trabajo por tiempo indefinido y en el cual también figura la categoría de auxiliar administrativa.

    El actor Alexander suscribió un contrato de trabajo de duración determinada de 29.6.98 con una duración de 3 meses, prorrogandose con posterioridad. En el mismo figura como categoría profesional la de auxiliar administrativo.

  3. - Es de aplicación el Convenio Colectivo del Sector de Oficinas y despachos de Catalunya.

  4. -De estimarse la demanda, El Sr. Abelardo reclama 446.116 ptas., La Sra. Claudia 492.778 ptas., y Don. Alexander 347.668 ptas. que desglosadas constan en el hecho tercero y cuarto de las respectivas demandas.

  5. - Los actores realizaban las siguientes funciones: abrir la oficina, cuadraba la caja, sacaba listados, hacia contabilidad bancarias, iba a sacar dinero mediante cheque no firmado por ellos, llevaban la relación de cuentas corrientes de Barcelona, pagaban facturas con autorización.

  6. -Por auto de fecha 7.2.00 se acordó la acumulación a los autos 710/99 segundos ante el Juzgado Social 9, los autos 711/99 y 822/99 segundos ante el mismo Juzgado.

  7. - La empresa reconoce adeudar en concepto de finiquito las cantidades siguientes: Abelardo 116.561.; Claudia 114.708 ptas y Alexander...

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