STSJ Cataluña , 22 de Febrero de 2001

ECLIES:TSJCAT:2001:2402
Número de Recurso4159/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso n° 4159/1996 Partes: Asociación Sindical de Policías Locales de Catalunya / Ayuntamiento de Barcelona S E N T E N C I A N° 234/2001 En la ciudad de Barcelona, a veintidós de febrero de dos mil uno. DON JOAQUÍN MARÍA VIVES DE LA CORTADA FERRER CALBETÓ, MAGISTRADO DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA), ha pronunciado, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el Pueblo Español, la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 4159/1996, interpuesto por la Asociación Sindical de Policías Locales de Cataluña, representada y dirigida por el Letrado, Don Máximo Godó Folgoso, contra el Excmo. Ayuntamiento de Barcelona, declarado en rebeldía en el presente proceso; versando el presente proceso sobre materia de Función Pública; solicitud de la parte actora no contestada conscientemente por la Administración; obligación de resolver.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado ante la Secretaría de esta Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sección Quinta, la parte actora, interpone el presente recurso contencioso- administrativo contra la desestimación, por, silencio administrativo, de la solicitud formulada por el Sindicato actor relativa a que se cuantifiquen las cantidades resultantes de sumar el capital, más los intereses acumulados, desde la fecha de creación del Fondo de Compensación en el año 1982 hasta la fecha, así como la distribución de las cantidades resultantes bajo los criterios de solidaridad social por los que se rigió la creación del mencionado Fondo de Compensación.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso contencioso-administrativo, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que, tras relacionar la parte recurrente los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso interpuesto, se declare la obligación del Ayuntamiento de Barcelona de informar sobre cuál es la cantidad resultante de sumar el capital más los intereses devengados por las cuantías depositadas en el Fondo de Compensación de Funcionarios hasta la actualidad correspondiente a los funcionarios, o bien, el capital e intereses obrante en la fecha de desaparición del Fondo de Compensación, con el fin de efectuar los cálculos necesarios para obtener los intereses.

TERCERO

La Administración demandada fue declarada en rebeldía mediante Auto de fecha 2 de julio de 1998, situación procesal en la que ha permanecido durante toda la sustanciación del presente proceso judicial.

CUARTO

Se prosiguió el trámite correspondiente y se señaló para Votación y Fallo el día 21 de febrero de 2001.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria única, apartado 2, de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y con el Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 30 de abril de 1999, esta Sección Quinta de dicha Sala, se ha constituido en un solo Magistrado para conocer del presente recurso y dictar esta sentencia.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso contencioso-administrativo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora impugna, en definitiva, la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud formulada por el Sindicato actor relativa a que se cuantifiquen las cantidades resultantes de sumar el capital, más los intereses acumulados, desde la fecha de creación del Fondo de Compensación en el año 1982 hasta la fecha, así como la distribución de las cantidades resultantes bajo...

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