STSJ Cataluña , 12 de Febrero de 2001

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2001:1859
Número de Recurso5233/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 5233/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL ibs ILMO. SR. D. GREGORIO RUIZ RUIZ ILMO. SR. D. FELIPE SOLER FERRER ILMO. SR. D. ADOLFO MATIAS COLINO REY En Barcelona a 12 de febrero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1283/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Cecilia frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº27 Barcelona de fecha 22.02.2000 dictada en el procedimiento nº 673/1999 y siendo recurrido/a INSS. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. FELIPE SOLER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29.06.99 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22.02.2000 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Cecilia frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre reconocimiento de derecho a percibir prestación correspondiente a situación de INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL, debo absolver y absuelvo a dicho organismo de las pretensiones en su contra deducidas."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La actora, Cecilia nacida el día 16.06.44 se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social y en situación de asimilada a la del alta, por paro involuntario en el Régimen General, prestando servicios como carnicera.

  2. - Solicitó la prestación en 19.01.99 y por resolución del INSS de fecha 13.04.99 resolvió no haber lugar a declarar a la actora en grado alguno de invalidez teniendo el período de carencia necesario.

  3. - Se agotó la vía administrativa ante el indicado organismo quien por resolución de fecha 31.05.99 confirmó el pronunciamiento inicial.

  4. - La base reguladora asciende para la I.P. Total a 99.112.-ptas/mes.

  5. - La actora padece:

- Cervicoartrosis moderada. Discartrosis C5-C6-C7.

- Coxartrosis Derecha incipiente.

- Síndrome tenel carpiano bilateral moderado.

- No déficit funcionales significativos.

- No signos de radiculopatía.

- Hipercolesterolemia.

- Bloque Rama derecha.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que desestimó la demanda interpuesta en reclamación por incapacidad permanente, se alza en suplicación la parte actora, en cuyo primer motivo de recurso, de revisión histórica, correctamente amparado en el artículo 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, insta la modificación del hecho probado quinto, en que se recogen las dolencias acreditadas, proponiendo redacción alternativa apoyada en los documentos e informes médicos citados en el escrito...

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