STSJ Murcia , 19 de Septiembre de 2001

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2001:2443
Número de Recurso1595/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

4 RECURSO nº 1.595/98 SENTENCIA nº 630/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 630/01 En Murcia a diecinueve de septiembre de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº 1.595/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 114.000 ptas., y referido a: Licencia para reparación de muro y vallado mediante cierre con postes metálicos.

Parte demandante: Tratamiento de Carnes y Derivados SA representada por la Procuradora Doña Gemma Pérez Haya y dirigida por la Letrada Dña Ana Martínez Conesa.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia de

21 de abril de 1998 que denegaba la solicitud de autorización para la construcción de un muro de contención junto a la vía de servicio de la Autovía del Mediterráneo A-7 P.K. 748+300, margen derecha, término municipal de Orihuela, por no cumplirse los requisitos indicados en el Reglamento General de Carreteras.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia en la que anulando el acto administrativo recurrido, declare haber lugar a la autorización de las obras contenidas en ambos extremos de la solicitud, con expresa imposición de las costas a la Administración demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 10 de julio de 1998 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 7 de septiembre de 2001.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La actora es propietaria de una finca rústica lindante con el camino de servicio de Autovía A-7, y presentó escrito ante la Demarcación de Carreteras comunicando que a consecuencia de las lluvias, se produjo un arrastre de tierras en una de las parcelas de su finca al estar enfrente de una tubería de...

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