STSJ Murcia , 24 de Enero de 2001

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2001:149
Número de Recurso387/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº387/98 SENTENCIA nº 24/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº24/01 En Murcia a veinticuatro de enero de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº 387/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Parte demandante: Don Marcos y Dña Julieta representados y dirigidos por el Letrado Don Higinio Pérez Mateos.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de octubre de 1997 que desestimaban las reclamaciones económico administrativas 30/1861/96 y 30/1862/96 planteadas por los actores contra providencias de apremio nº 19711695 y 19741995.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que estimando el presente recurso declare no conforme a Derecho las resoluciones del Tribunal Económico Administrativo, por haberse omitido el procedimiento legal para su resolución y haberse duplicado las complementarias por no darse traslado del dictamen. Con carácter alternativo a lo interesado y de continuarse la tramitación procede declarar firmes las autoliquidaciones por ser ajustado a Derecho el valor declarado por mis mandantes en sus autoliquidaciones. Todo ello con expresa y tajante imposición de costas procesales, desencadenadas y que han obligado a mis mandantes a costear, por negligencias y abusos de las respectivas Administraciones.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 20 de febrero de 1998 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 12 de enero de 2001.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La acumulación de las pretensiones formuladas en este mismo recurso por los dos recurrentes contra resoluciones diferentes, que ha complicado innecesariamente el entendimiento del objeto del recurso, hace preciso que se vean por separado los antecedentes de cada recurrente.

Don Marcos recibió sendas liquidaciones complementarias referidas al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, por el concepto de Obra Nueva y División Horizontal. En la obra nueva se consignaba un valor declarado por el...

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