STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Noviembre de 2001

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
ECLIES:TSJM:2001:15328
Número de Recurso76/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 8ª

Recurso de apelación n° 76/2001 Iltmos Sres:

Presidente Dña. INÉS HUERTA GARICANO Magistrados D. MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE D.JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA SENTENCIA N° 1.275 En la ciudad de Madrid, a 23 de noviembre de 2.001.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 8ª) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 76/01, interpuesto por Instituto Ferial de Madrid (IFEMA) representada por la Procuradora Sra. Rodríguez Chacón y asistida por letrado contra la Comunidad de Madrid, representada y asistida por sus Servicios Jurídicos, sobre sanción en materia de ferias comerciales. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la recurrente en escrito presentado en fecha 21 de septiembre de 2.001 se interpuso el presente recurso de apelación contra la sentencia de fecha 4 de julio de 2.001 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 18 de Madrid en el procedimiento n° 95/00 por el que se desestimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la actora frente al acuerdo de fecha 31 de enero de 2.000 del Consejero de Economía Y Empleo de la Comunidad de Madrid que desestima el recurso de reposición interpuesto frente al acuerdo de 18 de octubre de 1999 del mismo órgano por el que se impone a la recurrente la sanción de 3.500.000 ptas de multa por exclusión injustificada de expositores en la Feria ARCO 99.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo a la parte demandada, evacuando dicho trámite en escrito de fecha 15 de octubre de 2.001 y oponiéndose al recurso según las alegaciones que constan en autos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, y elevando por providencia de fecha 16 de octubre de 2.001 las actuaciones a esta Sala se señaló día y hora para la votación y Fallo, lo que tuvo lugar el día 20 de noviembre de 2.001 a la hora prevista.

CUARTO

En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en lo esencial los fundamentos de Derecho de la resolución impugnada en tanto no se opongan a los siguientes:

PRIMERO

En el presente recurso de apelación se impugna la sentencia de fecha 4 de julio de 2.001 dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo n° 18 de Madrid en el procedimiento n° 95/00 por el que se desestimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la actora frente al acuerdo de fecha 31 de enero de 2.000 del Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid que desestima el recurso de reposición interpuesto frente al acuerdo de 18 de octubre de 1999 del mismo órgano por el que se impone a la recurrente la sanción de 3.500.000 ptas de multa por exclusión injustificada de...

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