STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Noviembre de 2001

PonenteENRIQUE JUANES FRAGA
ECLIES:TSJM:2001:14865
Número de Recurso3642/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCION SEXTA MADRID Recurso n° 3642/01 Sentencia n° 550 Ilmo. Sr. D. Conrado Durántez Corral Presidente Ilmo. Sr. D Enrique Juanes Fraga Ilmo. Sr. D. Benedicto Cea Ayala En Madrid, a 16 de noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación n° 3642/01 interpuesto por el Letrado FCO. JAVIER MATA VAZQUEZ en nombre y representación de Lucía contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 25 de los de MADRID, de fecha 17.4.01 ha sido Ponente el Ilmo Sr. D. Enrique Juanes Fraga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos n° 92/01 del Juzgado de lo Social n° 25 de los de Madrid, se presentó demanda por Lucía contra ENTE PUBLICO RTVE en reclamación de ORDINARIO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia el 17.4.01 cuyo Fallo consta en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "

  1. - A la demandante le fue adjudicada una Beca del Programa de Iniciación en la Empresa, por la Fundación Empresa Pública, cuyo objeto era obtener la formación necesaria y durante once meses, en una de las empresas colaboradoras de dicha Fundación, y entre los que estaba el Ente Público RTVE. A esa Entidad fue adscrita con efectos del 15 de enero de 1991, permaneciendo en la misma hasta el 14 de enero de 1992. Durante ese período y a cargo de la Fundación de referencia, percibió una retribución mensual de 68.500.- pts en concepto de "Dotación Beca".

  2. - Fue adscrita desde un principio a la Gerencia de Publicidad, nombrándosele también un tutor, que recayó en la persona de Hugo , el cual debía efectuar un informe trimestral sobre sus actividades, que a su vez remitía a la Dirección de Personal de la hoy demandada.

    Una vez incorporada, se le indicó que su horario sería el del Departamento de Publicidad Especial, que es el sitio exacto al que fue destinada, y estaría a las órdenes del Jefe del mismo, que era la persona encargada de tomar las decisiones en esa materia. Básicamente buscaba clientes- patrocinadores, normalmente para el programa "El Precio Justo", realizaba contratos, asistía a las reuniones con los anunciantes, agencias de publicidad y/o realizadores; labores que igualmente efectuaba personal allí destinado y pertenecientes a la plantilla de la hoy demandada.

  3. - En fecha no exactamente precisada, ni tampoco la forma que adopta, se le ofrece prestar servicios como Profesional Superior Complementario, en la Dirección del Area Comercial de esta compañía, lo que acepta el 15 de enero de 1992, como también que la prestación de servicios se desarrollara hasta el 11 de febrero, de ese mismo año.

  4. - Firma un contrato de trabajo el 20 de febrero de 1992, que se dice por "obra, servicio determinado", siendo esta el: "... controlar la presencia publicitaria del programa de TVE "EL PRECIO JUSTO", así como sus grabaciones, con seguimiento de la entrega de premios y facturación por el importe correspondiente, entre lo que cobran los concursantes IRPF incluido, y el total a facturar a los anunciantes.

    Revisando asimismo, los guiones del programa, efectuando los contactos con los anunciantes, en tanto dure en la programación y emisión de TVE el programa mencionado, en lo referente a la temporada 91/92, cuyo fin está previsto para el mes de julio de 1992 ..". La duración establecida era desde el 16 de marzo de ese mismo año y hasta "fin obra", para desempeñar las tareas inherentes a la categoría profesional de Profesional Superior Complementario (CC. II.); contrato que se da por reproducido en lo no específicamente transcrito, al igual que los que acto seguido se mencionarán y a estos únicos efectos.

    Mediante carta de 5 de junio de 1992, se le indica que con efectos del siguiente 6 de julio finalizaba su contrato, lo que le fue notificado el 30 de junio.

    Los hoy litigantes suscriben una denominada "cláusula adicional" a este contrato el 3 de junio de 1993, donde se indica que: "...se comprometen a la ampliación de la duración de este contrato a la temporada 1993/94 de acuerdo con la actividad específica encomendada dentro de la obra El Precio Justo..."

  5. - Suscribe otro contrato el 7 de septiembre de 1992, con efectos de esa fecha y hasta "fin obra", el cual también se califica de "obra, servicio determinado", el cual también se califica de "obra, servicio determinado", en similares términos a los ya expuestos en el ordinal anterior, en cuanto a su objeto, siendo también idéntica su categoría profesional, aunque se le adjudica el puesto de Ejecutivo de Ventas Publicidad Especial 4.

  6. - Sin que a partir de este momento haya firmado nuevos contratos, es nombrada Ejecutivo de Ventas Publicidad Especial con efectos del 14 de enero de 1997, dependiente de la Dirección Area Comercial de RTVE. A su vez, es designada Jefe de Ventas de Publicidad Especial, siempre dentro de esa Dirección y Area Comercial, mediante acuerdo del Director General del Ente Público de 9 de agosto de 1999.

  7. - El programa "El Precio Justo", finalizó en el mes de julio de 1993.

    A partir de ese momento ha realizado toda clase de trabajos publicitarios y para diversos programas y/o campañas, que con más detalle se desglosa en su ramo de prueba, concretamente en los documentos que aparecen bajo el epígrafe número 21, que se dan por reproducidos a estos solos efectos.

  8. - Durante el año 2000 ha percibido un total de 9.183.030.- pts., por los conceptos de sueldo, puesto ventas publicidad, variable comercial mensual, comidas, variable comercial anual, complemento de productividad, pagas extraordinarias y paga especial septiembre, según desglose que figura en el documento número 14 de los aportados por la demandada y que igualmente se tiene por reproducido.

  9. - La Dirección General de RTVE elabora el 11 de marzo de 1992, la Instrucción 1/92, sobre

    Retribuciones Correspondientes a los Puestos de Trabajo de gestión de Ventas del Area Comercial de RTVE.

    Esa misma Dirección general redacta la Disposición 2/97, de 13 de enero, por la...

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