STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Octubre de 2001

PonenteJESUS MARTINEZ CALLEJA
ECLIES:TSJM:2001:13809
Número de Recurso2584/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 2584/2001-5ª(C.F.)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID Ilmo. Sr.D. José Malpartida Morano, Presidente, Ilmo. Sr.D. José Hersilio Ruiz Lanzuela, Ilmo. Sr.D. Jesús Martínez Calleja.

En Madrid, a Treinta de octubre del Dos Mil Uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm 755 En el recurso de Suplicación número 2584/01 interpuesto por D. Rubén , representado por el Letrado D. ANGEL MOISES SANCHEZ GRANDE contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de Madrid en autos número 85/01, siendo recurrido NUEVO HOTEL EUROPA, S.A., representado por el Letrado D. JOSE MARIA GARRIDO DE LA PARRA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Martínez Calleja.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Rubén frente a NUEVO HOTEL EUROPA, S.A. en reclamación de CANTIDAD en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 19.3.2001 en los términos que figuran en el Fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

1- El demandante ha prestado servicios para la empresa demandada desde el 4-12-97 con la categoría laboral de recepcionista y percibiendo un salario de 182.606.- ptas incluida prórrata de pagas extraordinarias.

2- Con fecha 22-5-00 el demandante formuló demanda contra la hoy también demandada y contra la empresa Ester Lucia Lustres de Holgado en reclamación de la cantidad de 545.342.- ptas. (documento N° 7 del actor).

3- Con fecha 16-6-00 el actor presentó demanda ante el Decanato de estos Juzgados contra la demandada, solicitando el derecho a la rescisión del contrato y cuantificación de la indemnización prevista en el artículo 41.3 del ET (documento N° 6 del actor).

4- La demanda citada en el anterior ordinal, recayó en el Juzgado de lo Social N° 11 de esta capital firmándose acta de conciliación en fecha 18-9-2000, en la cual se estableció "la empresa acepta la opción del trabajador de extinguir su contrato de trabajo por modificación sustancial de condiciones de trabajo, realizada el 31-5-00 y ofrece la indemnización legal de 20 días por año, que asciende a la cantidad de 303.309.- ptas que se abonan en este acto mediante cheque n° ... "El trabajador acepta" la citada acta de conciliación firme en autos y se da por reproducida.

5- Obran en autos (documentos 2 y 3), y del actor cuadrantes y horarios de trabajo en papel de fax prácticamente ilegibles.

Como documento N° 5 se aporta por el actor el calendario de días inhábiles para 1999.

6- Con fecha 15 de Noviembre de 2000 (Dt° 1 de la demandada), el demandante firmó documento del siguiente tenor literal:

He recibido de la empresa NUEVO HOTEL EUROPA SL la cantidad de 350.000.- ptas mediante pagaré de 15 de noviembre de 2000, contra la cuenta corriente 0182-4011-81-001151- 14314 del Banco Bilbao Vizcaya, Agencia de la c/ Gran Vía n° 61 de Madrid, como pago de la Conciliación celebrada el día 14 de Noviembre del presente año, ante el Juzgado de lo Social n° 17 de Madrid, autos 316/00. Por lo que con la percepción de esta cantidad; quedo saldado y finiquitado de mi relación laboral con la citada empresa. En Madrid a 15 de Noviembre de 2000.

Fdo. Rubén D. N. I. NUM000 .

7- En el ramo de prueba de la demandada figuran anotaciones manuscritas relativas a incidencias producidas en el desempeño del trabajo del actor, así como cuadrantes y horarios de trabajo que se dan por reproducidos.

8- La prestación de servicios del actor se realizó en el Hostal Buenos Aires, siendo de aplicación el Convenio Colectivo de Hospedaje (BOCAM 1-7-99, revisión Salarial para el 2000, BOCAM 13-4-00).

9- El demandante reclama en su escrito de demanda la liquidación correspondiente a la fecha 31-5-00 según el siguiente desglose:

P. P. PAGA JUNIO 155.162/12 x 11 = 142.231 P. P. PAGA NAVIDAD 155.162/12 x 5 = 64.650 VACACIONES 12 15 días 170.882/30 x 12 = 71.200 TOTAL = 278.081.-...

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