STSJ Comunidad de Madrid , 17 de Julio de 2001

PonenteJOSEFINA TRIGUERO AGUDO
ECLIES:TSJM:2001:9851
Número de Recurso2321/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Social

rec 2321/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIALSECCION: 2 MADRID PASEO GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, NÚM. 27; 28010 MADRID Tfno. 91 3199231 N.I.G. 28000 4 0002333 /2001 40126 ROLLO N° RSU 2321 /2001 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: DESPIDO.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 12 de, MADRID Autos de Origen: DEMANDA 561 /2000 RECURRENTE/S: PERSONAS GESTION Y PROYECTOS SL RECURRIDO/S: Begoña SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID En MADRID a diecisiete de julio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Iltmos. Sres. DOÑA VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN, Presidente, DON MARCIAL RODRÍGUEZ ESTEVAN, JOSEFINA TRIGUERO AGUDO, Magistrados, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 525/2001

En el recurso de suplicación n° 2321/01 interpuesto por el letrado DOÑA NURIA BRIEGA GULLÓN en nombre y representación de PERSONAS, GESTION Y PROYECTOS S.L., contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 12 de MADRID, de fecha ocho de noviembre de dos mil, dictada en proceso sobre DESPIDO, y entablado por Begoña frente a PERSONAS, GESTIÓN Y PROYECTOS, S.L.. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./Dª. JOSEFINA TRIGUERO AGUDO, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, con número de autos D-561/2000 tuvo entrada demanda suscrita por DOÑA Begoña contra PERSONAS, GESTIÓN Y PROYECTOS, S.L. en reclamación sobre DES- PIDO. Admitida la demanda a trámite y celebrado el Juicio, se dictó resolución con fecha ocho de noviembre de dos mil y auto de aclaración en fecha veintiocho de noviembre de dos mil, en los términos que figuran en el Fallo de la mencionada resolución y en el auto de aclaración, y que se dan aquí íntegramente por reproducidos.

SEGUNDO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1.- La actora, Begoña , con DNI N° NUM000 , venía prestando servicios laborales en la empresa demandada, PERSONAS, GESTIÓN Y PROYECTOS S.L., desde el 1 de Febrero de 1996, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, con un salario mensual de 343.063 Ptas/mes con inclusión de ppe. 2.- Con fecha 7 de julio de 2000, la empresa demandada, remitió por escrito a la actora carta comunicándole la extinción del contrato laboral alegando amortización del puesto de trabajo, documento que obra al folio 6 de las actuaciones y que de forma resumida dice lo siguiente: " ante la negativa situación económica de la empresa, se veía en la necesidad de amortizar su puesto de trabajo. Con dicha medida, se pretende lograr una viabilidad futura y pone a disposición de la trabajadora la cantidad de 1.052.020 ptas., como indemnización, así como 14 días de licencia para la búsqueda de nuevo empleo. La situación económica negativa viene motivada por los resultados negativos por importe de 20.066.080 ptas., del ejercicio 1.999, balance negativo acreditado por un informe de auditoría, que se halla a su disposición en la empresa y por los resultados del presente ejercicio, que también siguen siendo negativos. Con la amortización de su puesto de trabajo la empresa pretende lograr una más adecuada organización de recursos, sistemas y métodos de trabajo del personal y una restructuración del departamento administrativo, reduciendo los trabajos de tipo burocrático y en definitiva, los gastos fijos en aras de a contribuir a sanear la situación de la empresa y garantizar su viabilidad futura."

3 Con fecha 30 de mayo de 2000, la trabajadora presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo lo que motivó una visita de dicha Inspección el día 20 de Junio. El resultado del informe consta como documento n° 8 de la prueba documental aportada por la actora, donde se relata que hasta finales del año 1998, realizó tareas administrativas especialmente relacionadas con la elaboración y seguimiento de los programas de formación financiados por la Fundación DIRECCION000 . Durante el año 1999, pasó a depender de Íñigo , Consejero Delegado de la sociedad y a realizar control de facturación, gestión de compras y de planes DIRECCION000 , control de presencia del personal y control de gastos diversos.

A principios del presente año, se le comunica verbalmente que las funciones anteriores no las va a seguir desempeñando y pasa a realizar funciones de apoyo administrativo bajo dependencia directa de Dolores , prestando también apoyo administrativo en otros departamentos. Se le comunicó verbalmente a la trabajadora el día 24 de marzo del 2000, la comisión de una falta leve por ausentarse del trabajo el día 23 de marzo, reconociendo la citada Dolores al Inspector que el día 22 de marzo la trabajadora le comunicó la asistencia al funeral de un familiar en la provincia de Guadalajara sin que se le expresara inconveniente alguno para que se ausentara. El 17 de mayo la actora presentó escrito a Dolores acerca de las...

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