STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Junio de 2001

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2001:7948
Número de Recurso944/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 944/97 Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal Secretaria Dña. Mª. Teresa Barril Roche Recurrente: Lda. Dª. Mercedes Sánchez Apellaniz. C/Fdo. El Santo, 3 28010 Madrid Tesorería General de Seguridad Social Ldo. (696/98)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA Núm 882 ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Dña. Pilar Maldonado Muñoz D. Juan Ignacio Prez Alférez En Madrid, a doce de Junio del año dos mil uno. Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 944/97 interpuesto por la Letrada Dña. Mercedes Sánchez-Apellaniz en nombre y representación de la empresa " DIRECCION001 .", contra resolución de la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 6 de Febrero de 1.997, confirmatoria de la de 4 de Diciembre de 1.996 en expediente núm. 28/90196339, sobre declaración de responsabilidad solidaria de aquella empresa respecto de las deudas con la Seguridad Social de "

DIRECCION000 ." habiendo sido parte demandada la Tesorería General de la Seguridad Social representada por Letrado. La cuantía de recurso se ha fijada en 6.198.510 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La antedicha parte actora promovió el presente recurso jurisdiccional contra las resoluciones reseñadas, formulando demanda en súplica de sentencia anulatoria de las mismas, con apoyo en los hechos y razonamientos jurídicos contenidos en el correspondiente escrito de formalización de su recurso.

SEGUNDO

Por la Tesorería General de la Seguridad Social se contestó oportunamente la demanda de contrario, oponiéndose a ella y solicitando, tras las alegaciones que estimó convenientes, la desestimación del recurso contencioso- administrativo y la confirmación de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Seguido el proceso por los cauces legales, y no entendiendo la Sala necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes litigantes para que formularan sus correspondientes escritos de conclusiones, lo que llevaron a efecto ratificándose en sus anteriores respectivas manifestaciones y pretensiones, con lo que finalmente se señaló fecha para la votación y Fallo del recurso, que tuvo lugar el día 11 de Junio del 2.001.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo versa sobre la declaración administrativa referida a la empresa " DIRECCION001 ." como responsable solidaria respecto de las deudas frente a la Seguridad Social contraidas por " DIRECCION000 .", sobre la base de la identidad de actividades empresariales, conexión de sus respectivos socios y transferencia de trabajadores de la segunda a la primera, según así se resuelve por la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, con aplicación del artículo 10.1 del Real Decreto 1637/1.995 de 6 de Octubre que aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, y del artículo 44.1 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores según Real Decreto Legislativo 1/1.995 de 24 de Marzo.

SEGUNDO

Conforme a la doctrina jurisprudencial sobre la sucesión de empresas (sentencias del Tribunal Supremo de 18 de Julio de 1.995, 3 de Marzo y 28 de Noviembre de 1.997 y 20 de Febrero de 1.998, como fieles exponentes), son múltiples los mecanismos a través de los cuales puede producirse un cambio de titularidad de una empresa mediante actos "ínter vivos" tanto por cualquier tipo de convención, cesión, permuta, etc., o por circunstancias impuestas venta judicial, caducidad de servicios, etc.- que vienen a constituir la especie de cambio "transparente", como las que se producen por factores o circunstancias "de facto" mantenimiento del mismo negocio o actividad, domicilio social y plantilla total o parcial- que, a su vez, integran el requisito del "tracto directo", que constituyen los cambios "no transparentes"; todo ello supone que la transmisión, de un titular a otro, de una empresa en el supuesto en que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Los derechos de los trabajadores extranjeros: Puntos críticos
    • España
    • Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración Núm. 63, Octubre 2006
    • 1 Octubre 2006
    ...de la dinámica de las autorizaciones en las condiciones para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, tanto la STSJ Madrid de 12 de junio de 2001, (AS: 2939), la STSJ de Madrid de 22 de enero de 2004, (JUR:95399), como la STSJ Cataluña de 19 de septiembre de 2002, (JUR:25549......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR