STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Febrero de 2001

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
ECLIES:TSJM:2001:2814
Número de Recurso1183/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 1183/98 Procuradora Dña. PALOMA VALLES TORMO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA S E N T E N C I A núm 279 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados:

D. José Ignacio Parada Vázquez D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo D° M Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos En la villa de Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil uno. VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1183/98, interpuesto por la Procuradora Dª. Paloma Valles Tormo, en representación de D. Fernando y de la entidad CENTRO CAPILAR MARIANO GARCÍA, S.L., contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 20 de octubre de 1997 que acordó la cancelación por caducidad de la marca n° 1.558.203 por falta de pago en tiempo oportuno del quinquenio correspondiente, así como frente a la resolución de 24 de febrero de 1998 que desestimó el recurso deducido contra aquélla; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se anulen las resoluciones impugnadas, declarando la posibilidad de rehabilitación de la marca caducada, previo pago de las tasas y recargos que procedan.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que confirme en todos sus extremos el acuerdo recurrido.

TERCERO

Evacuado el trámite de conclusiones, para votación y Fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 27 de febrero de 2001, en cuya fecha ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 20 de octubre de 1997, confirmada por la de 24 de febrero de 1998, que acordó la cancelación por caducidad de la marca n° 1.558.203 por falta de pago en tiempo oportuno del quinquenio correspondiente.

Aduce la parte actora, en síntesis, que la falta de pago fue debida a una causa de fuerza mayor, circunstancia que permite rehabilitar el registro de la marca (arts. 51.3 de la Ley 32/88 y 117 de la Ley 17/86), ya que al tiempo de abonar el quinquenio ya no trabajaba su Agente D. Jose Francisco , sin que la Administración hubiese notificado al interesado el vencimiento del plazo para el pago.

La Administración demandada, por su parte, rechaza tal argumentación afirmando que ningún precepto exige comunicar a los...

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