STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Febrero de 2001

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2001:2165
Número de Recurso2658/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL- Sección 3ª

Secretaría Sr. Fariñas Matoni.

RECURSO N° 2658/2000 JA Hoja 1 SENTENCIA 156/2001 DON LUIS FARIÑAS MATONI, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

CERTIFICO: Que en el procedimiento al que a continuación de hará referencia la Sala ha dictado la siguiente resolución.

ILMO. SR. D. JOSE LUIS NOMBELA NOMBELA PRESIDENTE ILMA. SRA. DÑA. MILAGROS CALVO IBARLUCEA ILMO. SR.. D. JAVIER PARIS MÁRIN En Madrid a quince de febrero de 2001.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los ILMOS. Citados al margen y EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación 2658/2000 interpuesto por el letrado D. Fernando Lijan de Frias, en nombre y representación de D. Cesar , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 18 de los de Madrid, en sus autos 685/99, ha sido ponente el ILMO. SR. D. JAVIER PARIS MÁRIN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos, se presentó demanda por parte de D. Cesar , en reclamación por invalidez permanente, siendo demandados el INSS, la TGSS, ASEPEYO y la empresa "ROBERT BOSCH ESPAÑA SA." y que en su día se celebró el acto de la vista del juicio oral, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia, en fecha 1 de Febrero de 2000, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes PRIMERO. D. Cesar es afiliado a la Seguridad Social, con fecha de nacimiento 11.3.61 y de profesión Jefe de Equipo Metalúrgico de Producción en la empresa ROBERT BOSCH ESPAÑA, S. A. SEGUNDO. Fue examinado por la Comisión de Evaluación médica de Incapacidades y se emite informe por el módico evaluador el 12 de agosto de 1999. .

TERCERO

Se dictó resolución en fecha 30 de agosto de 1999 y se declara al actor como lesiones permanentes no invalidantes por limitación de movilidad en menos del 50 % en muñeca y cicatrices no incluidas en la anterior indemnizables respectivamente con 51.000 ptas y 100.000 ptas.

CUARTO

En la fecha del examen módico, la parte actora padecía las siguientes secuelas:

"Osteotomia de 1/3 distal de cubito izqdo por artrosis radio cubital distal. Pérdida de lo puntos del arco de...

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