STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Febrero de 2001

PonenteCONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
ECLIES:TSJM:2001:1565
Número de Recurso5756/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL SECCION: 4 MADRID PASEO GENERAL MARTINEZ CAMPOS, 27 Tfno. - N.I.G. 28000 4 0006501/2000 40125 ROLLO N° RSU 5756/2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 30 de, MADRID Autos de Origen: DEMANDA 483/2000 RECURRENTE/S: Miguel Ángel RECURRIDO/S: INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO C.A. SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID En MADRID, a seis de Febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID, formada por los Ilmos. Sres. D. MIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN, Presidente, JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ, CONCEPCION R. URESTE GARCIA, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA N° 93/2001 En el recurso de suplicación n° 5756/2000, interpuesto por el Letrado Ricardo Ovilo Manso en representación de Miguel Ángel , contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 30 de MADRID, de fecha diecinueve de octubre de dos mil, dictada en proceso sobre desempleo, y entablado por el recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, es Ponente la Ilma. Sra. Dª CONCEPCION R. URESTE GARCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO.- Que el actor D. Miguel Ángel , fue trabajador del Corte Inglés desde junio/94 hasta el día 5-5-2000 en que fue objeto de despido. - El salario mensual prorrateado en abril/2000 ascendio a 142.928 Atas/mes.-

SEGUNDO

A raíz de su despido el 8-5-2000, se llegó a un Acuerdo Conciliatorio ante el SMAC por la cantidad de 175.000 ptas, en concepto de "indemnización, saldo y finiquito".- TERCERO.- La liquidación practicada por la Empresa a fecha 5-.5-2000 arroja un saldo deudor para el actor de 14.237 ptas, en virtud de tener concedido anticipos por importe de 27.171 ptas, 85.000 ptas y 10.000 ptas.- Sus salarios desde el 6-5-2000 al 8-5-2000 ascendían a 14.941 ptas. - CUARTO.- Que solicitadas prestaciones al INEM por desempleo, dicho organismo el 22-5-2000 dicta Resolución denegatoría al entender que la indemnización era inferior a 35 días de salario.- QUINTO.- Que la base reguladora de la prestación asciende a 4.847 ptas/días y en función al tiempo cotizado le corresponde una duración de 540 días.- SEXTO.- Se ha agotado la preceptiva reclamación previa."

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, que no fue impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala, proveyéndose ulteriormente la fecha de deliberación, votación y Fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo de suplicación, articulado por la dirección letrada de la parte actora, tiene su cobertura en el apartado b) del...

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1 sentencias
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    • España
    • 8 Abril 2008
    ...una de ellas, ha guardado silencio, por lo que esta Sala ha seleccionado la más moderna entre las idóneas, a saber, la STSJ Madrid de 6 de febrero de 2001, R. 5756/00 . Tanto la sentencia recurrida como la de contraste versan sobre la duración de sendas prestaciones por desempleo reconocida......

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