STSJ Aragón , 30 de Enero de 2001

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2001:242
Número de Recurso95/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 95/2000 Sentencia número: 58/2001 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a treinta de enero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 95 de 2000 (Autos núm. 364/1999), interpuesto por la parte demandante Dª Cristina , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 27 de diciembre de 1999, siendo demandados Supermercados Sabeco S.A., INSS, TGSS, ASEPEYO, sobre incapacidad permanente total ó subsidiaria parcial -accidente de trabajo-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Cristina , contra Supermercados Sabeco S.A., INSS, TGSS, ASEPEYO, sobre incapacidad permanente total ó subsidiaria parcial -accidente de trabajo-; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 27 de diciembre de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Cristina contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Asepeyo Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales nº 151 de la Seguridad Social y Supermercados Sabeco S.A.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- Que la parte actora Cristina nacida el 18 de abril 1953 y que reside en Huesca y ostenta documento nacional de identidad número NUM000 y tiene número de afiliación a la Seguridad Social NUM001 consta presta servicios laborales para la empresa Supermercados Sabeco S.A. que tiene cubiertas las contingencias profesionales con la mutua codemandada Asepeyo como dependienta de pescadería en centro de trabajo sito en Huesca con antigüedad de 15 de mayo de 1991 a 31 de marzo de 1999 y salario según convenio.

  1. - Que la parte actora en fecha 14 de agosto de 1997 padeció accidente de trabajo que le motivó baja emitida por la mutua codemandada en fecha 15 de agosto de 1997 derivada de accidente de trabajo con diagnóstico de contusión lumbar en función de una base reguladora de 135.000 pesetas mes constando que tras el proceso de atención sanitaria por parte de la mutua la misma emitió alta por curación en fecha 13 de diciembre de 1998 contra la que la parte actora formuló reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en fecha 17 de diciembre de 1998 y ante la Mutua codemandada que la denegó en escrito de 18 de diciembre de 1998 y cuyo contenido obra en autos constando que tras el alta emitida por la mutua de fecha 13 de diciembre 1998 la actora fue dada de baja médica por los servicios sanitarios de la Seguridad Social con fecha trece diciembre de 1998 y constando que por sentencia de éste ,juzgado de 26 de marzo de 1999 fue declarada indebida el alta de la mutua de fecha 13-12-1998.

  2. - Que la Mutua codemandada en fecha 6...

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