STSJ Galicia , 25 de Octubre de 2002

PonenteMANUEL CONDE NUÑEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:6402
Número de Recurso5991/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO RECURSO NÚMERO: 02/5991/1998-J (Comisión)

EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA n° 1269/2.002 Ilmos. Sres.

DON CARLOS LÓPEZ KELLER.- PTE. DON MANUEL CONDE NÚÑEZ DON FERNANDO FERNÁNDEZ LEICEAGA En la ciudad de A Coruña, a veinticinco de octubre de octubre de 2002.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/5991/1998 (Comisión) pende de resolución de esta Sala, interpuesto por la "CAIXA D'ESTALVIS I PENSIÓNS DE BARCELONA LA CAIXA", representada por el procurador José Trillo Fernández-Abelenda, contra la resolución del Director General de Política Interior de 30-4-98 desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Galicia de 11-11-97 que impuso la sanción de 55.000 pesetas. Es parte demandada la Dirección General de Política Interior-Ministerio del Interior, representada y asistida por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de determinada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 18 de octubre de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr don. MANUEL CONDE NÚÑEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La legalidad de la delegación efectuada por el Ministro del Interior ha sido avalada por el Tribunal Supremo, que en sentencia de 9 de febrero de 1999 -referida al...

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