STSJ Galicia , 22 de Febrero de 2002
Ponente | JOSE MARIA CABANAS GANCEDO |
ECLI | ES:TSJGAL:2002:1521 |
Número de Recurso | 4179/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2002 |
Emisor | Sala de lo Social |
JUAN LUIS GUISASOLA BUSTILLO, SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:
Recurso nº 4179-98 MGL-A ILMO. SR. D. JOSÉ Mª CABANAS GANCEDO PRESIDENTE ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ ILMA. SRa. Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS A Coruña, a Veintidós de Febrero de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 4179-98 interpuesto por TGSS contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de A Coruña siendo Ponente el Ilmo. Sr. D JOSÉ Mª CABANAS GANCEDO.
Que según consta en autos nº 1070/97 se presentó demanda por DON Carlos Jesús en reclamación de ALTA SEGURIDAD SOCIAL siendo demandados TGSS y la empresa "HIJOS DE VÁZQUEZ CARBALLIDO, S.L." en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha veintinueve de julio de mil novecientos noventa y ocho por el Juzgado de referencia que ESTIMÓ la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1º.- que en fecha 30-9-97 el actor, D. Carlos Jesús , presentó solicitud de inscripción en la empresa "Hijos de Vázquez Carballido, S.L." en el Régimen General de la Seguridad Social. 2º.- Que la Tesorería General de la Seguridad Social dio de alta al actor en el RETA en virtud de resolución de dicho Organismo de fecha 910-97. 3°.- Que disconforme con la anterior resolución el actor interpuso reclamación previa, la cual fue desestimada. 4º.- Que el actor es DIRECCION000 único de la Sociedad "Hijos de Vázquez Carballido, S.L."
y socio de la tercera parte indivisa del capital social, siendo los restantes socios dos hermanas de dicho demandante".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Que estimando la demanda interpuesta por DON Carlos Jesús contra la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la empresa "HIJOS DE VÁZQUEZ CARBALLIDO, S.L.", debo dejar sin efecto el alta del actor en el R ETA, declarando su encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajador de la empresa "Hijos de Vázquez Carballido, S.L." con efectos del 1-10-97, condenando a dichos demandados a estar y pasar por tal declaración".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la TGSS siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.
Disconforme la T.G.S.S. con que, en la sentencia de instancia, se deje sin efecto el alta del actor en el R ETA, y se acuerde su encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social, como trabajador de la empresa codemandada, con efectos de 1 de octubre de 1997; formula recurso de suplicación, en primer lugar, por el cauce del apartado a) del artículo 191 del TRLPL, al entender que, en aquélla, se infringió el artículo 97.2 del TRLPL, al no fundamentar suficientemente el Fallo; en segundo, por el del b) del mismo precepto, a fin de que se adicione a dicha sentencia un nuevo hecho probado, el quinto, que afirme que "la sociedad tiene su domicilio social y la actividad en la C/ San Agustín, 21; las dos socias, hermanas del actor, en C/ San Agustín, 21-7º, y el actor en C/ San Agustín 21-2º"; y, en tercero,...
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