STSJ Asturias , 31 de Octubre de 2002

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2002:5015
Número de Recurso468/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N°: RSU 468 /2002 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 1001 /2001 RECURRENTE/S: Jose Manuel RECURRIDO/S: INSS SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a treinta y uno de Octubre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA. n° 3145/02 En el recurso de suplicación interpuesto por Jose Manuel contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de fecha veintisiete de Diciembre de dos mil uno, dictada en proceso sobre Invalidez Permanente Absoluta, y entablado por Jose Manuel frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veintisiete de Diciembre de dos mil uno por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Jose Manuel , nacido el 9.8.150, con DNI. n° NUM000 , figura afiliado a la Seguridad Social Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el n° NUM001 , siendo su profesión habitual la de albañil.

  2. - Inició proceso de enfermedad común el 21.3.01, emitiéndose del dictamen médico pro el Equipo de Valoración de Incapacidades el 31.7.01.

  3. - Seguidas actuaciones administrativas sobre invalidez en virtud de solicitud presentada el 6.7.01, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por Resolución de fecha 31.8.01, previa propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades, 24.8.01, declaró que el actor está afectado de incapacidad permanente total.

  4. - Formulada reclamación previa fue desestimada pro Resolución de 29.10.01.

  5. - La base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 115.126 pesetas mensuales y la fecha de efectos es el 1.9.01.

  6. - El actor padece:...

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