STSJ Asturias , 31 de Mayo de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MORILLA GARCIA-CERNUDA
ECLIES:TSJAS:2002:2578
Número de Recurso30/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1ª

Apelación n° 30/02 APELANTE: D/ña. Ismael Procurador/a D/ña. Margarita Riestra Barquín APELADO: GUARDIA CIVIL DE TRÁFICO Procurador/a D/ña. Sr. Abogado del Estado SENTENCIA DE APELACION nº 29 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Rafael Fonseca González D. José Manual González Rodríguez En Oviedo, a treinta y uno de mayo de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 30 de 2002, interpuesto por D. Ismael , representada por la Procuradora Dª. Margarita Riestra Barquín, contra la GUARDIA CIVIL DE TRÁFICO, representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Morilla García Cernuda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Ordinario n° 205/01 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 5 de los de Oviedo, que tienen por objeto la inmovilización del camión, matrícula I-....-ON , por no pagar peaje en la A-66.

SEGUNDO

El recurso de apelación se interpuso contra la sentencia de fecha 5 de marzo de 2002 por la que se desestimaba el recurso interpuesto por la hoy parte apelante. Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos.

TERCERO

Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni estimándolo necesario la Sala, así como el trámite de conclusiones por las partes, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y Fallo del presente recurso de apelación el día veinticuatro de mayo pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se pretende en este recurso de apelación la revocación de la sentencia, de fecha 5 de marzo de 2002, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 5 de Oviedo, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Ismael , contra...

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