STSJ Castilla y León , 5 de Diciembre de 2002

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2002:5944
Número de Recurso1561/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SEDE EN VALLADOLID Recurso núm 1561/00 SENTENCIA n° 1784 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA DON RAMON SASTRE LEGIDO En Valladolid, a cinco de diciembre de dos mil dos. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de 1 de junio de 2.000, dictada en el expediente núm 442/99, por la que se impone a la recurrente una sanción de 50.000 pesetas de multa y se le requiere para que proceda a cesar inmediatamente vertido y retirar los productos susceptibles de contaminar por la infracción leve que en ella se indica del art. 108 de la Ley de Aguas 29/1985 en relación con el art. 315 a) del Reglamento del Dominio Publico Hidráulico, aprobado por RD. 849/1986 de 11 de abril.

Son partes en dicho recurso: como recurrente ARIDOS SIRO SL., representada por la Procuradora Dª

María Lago González, bajo. la dirección de la Letrada Dª Beatriz Avial Escobar.

Como demandada LA CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL DUERO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que declare nulo desde el inicio y no conforme a derecho (o anule desde este momento) la resolución de fecha del día 13 de junio de 2.000, recaída en el expediente número 0442/99, y se condene a la demandada a la devolución de la sanción impuesta y pagada por la mercantil demandante, a los intereses de dicha cantidad y al pago de las costas.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que por la que desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni interesado la celebración de vista, se presentaron por las partes escritos de conclusiones, señalándose para votación y fallo el día 3 de los corrientes.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para la resolución de este procese ha de precisarse en primer lugar que la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero, dictada en el expediente núm 0442/99, que ha sido impugnada fue dictada el 1 junio de 2.000, según resulta del folio 22 del expediente remitido. Por ello, aunque en el suplico de la demanda se pide la anulación de la Resolución, dictada en ese expediente núm 0442/99, de "13 de junio de 2000", ha de entenderse que...

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