STSJ Navarra , 16 de Enero de 2003

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2003:39
Número de Recurso171/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUÍN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona a dieciséis de enero de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo nº

171/02, correspondiente a los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 2 de Pamplona en el recurso contencioso-administrativo de procedimiento Ordinario nº 3/02 interpuesto contra Resolución del Tribunal Administrativo de Navarra nº 5863 de 17-Diciembre-2001 por la que se desestima recurso de alzada interpuesto frente a la resolución del Ayuntamiento de Basaburúa de 29-12-2000 sobre paralización de obras, requerimiento de demolición y apertura de expediente sancionador, y siendo partes como apelante D. Pedro representado por el Procurador Sr. Aizpún, y como apelados el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA, representado y dirigido por el Sr. Asesor Jurídico-Letrado del Gobierno de Navarra, y el AYUNTAMIENTO DE BASABURÚA MAYOR, representado por el Procurador Sr. Moreno de Diego, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos del Procedimiento Ordinario nº 3/02, con fecha 2 de septiembre pasado, dictó el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Pamplona sentencia cuyo fallo, literalmente transcrito dice:"Que debo desestimar como desestimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Don Pedro , contra la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra de fecha 17 de diciembre de 2001, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Basaburúa de fecha 29 de diciembre de 2000, confirmando ambas resoluciones, y sin que proceda realizar pronunciamiento alguno respecto de las costas causadas."

SEGUNDO

Notificado a las partes, interpuso la actora recurso de apelación del que, una vez admitido, se dio traslado a los demandados Gobierno de Navarra y Ayuntamiento de Basaburúa, que se opusieron al mismo.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala se formó el rollo correspondiente y se señaló para votación y fallo que ha tenido lugar el pasado día 15, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es un hecho probado que solicitada la licencia de obras mediante escritos de 2 de junio y 14 de diciembre de 1999, el 3 de marzo de 2000, el Ayuntamiento acordó "informar de forma desfavorable"

dicha solicitud significándole al solicitante que "contra dicho acuerdo" cabían los recursos administrativo y jurisdiccional que se le indicaban. El solicitante no interpuso ninguno de dichos recursos por lo que...

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