STSJ Galicia , 30 de Noviembre de 2003

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2003:6767
Número de Recurso1761/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFIC0: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución Recurso núm. 1761/03 MLP. ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, treinta de Noviembre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente sentencia En el recurso de Suplicación núm. 1761/03 interpuesto por I.N.S.S. contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. UNO de los de FERROL siendo Ponente el ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR.

Antecedentes de hecho

PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DOÑA Araceli en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado I.N.S.S., en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 638/02 sentencia con fecha dieciocho de noviembre de dos mil dos por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Dª Araceli , nació en fecha 22 de julio de 1941, figura afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM000 Régimen Especial Agrario, siendo su profesión habitual la de labradora, por cuenta propia.- SEGUNDO.- La actora solicitó en fecha 11 de junio de 2002 reconocimiento de invalidez permanente en el grado de Invalidez Permanente Total.- El I.N.S.S. dictó resolución en fecha 17 de Julio de 2002, denegando las solicitudes de la actora.- La demandante no conforme con dicha resolución, en fecha 2 de Septiembre de 2002, interpuso reclamación previa contra la citada resolución, la cual fue expresamente desestimada por nueva resolución del I.N.S.S. de fecha 30 de septiembre de 2002.- TERCERO.- La actora presenta las siguientes dolencias:- 1ª.- Discopatías C3 a C6 con Cervicoartrosis.- 2º.- Discopatía L5-S1 con Lumboartrosis.- Gonoartrosis derecha incipiente.- 4ª.- Artrosis de manos.- CUARTO.- La Base Reguladora de la prestación reclamada derivada de enfermedad común, asciende a la cantidad de 469,97 Euros mensuales y la fecha de efectos de la prestación que se postula es 12-07-02.- QUINTO.- La demandante acredita tener cotizados al Régimen REA un total de 4291 días.- SEXTO.- La actora agotó la preceptiva vía...

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