STSJ Galicia , 22 de Noviembre de 2003

PonenteMARIA TERESA CONDE-PUMPIDO TOURON
ECLIES:TSJGAL:2003:6434
Número de Recurso849/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 849/03 RMR (A)

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMA. SRª Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ ILMA. SRª Dª Mª TERESA CONDE PUMPIDO TOURÓN A Coruña, a veintidós de noviembre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente sentencia En el recurso de Suplicación núm. 849/03, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Lugo, siendo Ponente la ILMA.SRª Dª Mª TERESA CONDE PUMPIDO TOURÓN.

Antecedentes de hecho

PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Juan Antonio en reclamación de INCAPACIDAD, siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 620/02 sentencia con fecha 13 de noviembre de 2002, por el Juzgado de referencia, que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- El actor, D. Juan Antonio , nacido el 24 de septiembre de 1951 y cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 adscrito al Régimen de Autónomos, siendo su profesión habitual la de Autónomo de Agricultura.- SEGUNDO.- Habiéndose iniciado expediente de declaración de invalidez permanente, se le declaró afectado de incapacidad permanente total para su profesión habitual por resolución de fecha 10 de junio de 2002. El actor efectuó reclamación previa, por entender que se encuentra afecto de incapacidad permanente absoluta. La Reclamación Previa fue desestimada por nueva resolución de fecha 22 de julio de 2002.- TERCERO.- presenta el demandante el siguiente cuadro clínico en la actualidad: "Ictus arterotrombótico cerebral media derecha. Con dos episodios previos. Secuelas de accidente cerebro vascular en forma de hemiparesia izquierda con mayor afectación en el miembro inferior izquierdo".- CUARTO.- Fue reconocido por el Equipo de Valoración de Incapacidades, elevándose la pertinente propuesta el día 10 de junio de 2002.- QUINTO.- La base reguladora de la prestación reclamada asciende a 432,79 euros mensuales".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del...

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