STSJ Galicia , 6 de Noviembre de 2003
Ponente | JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2003:5928 |
Número de Recurso | 4783/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 02/0004783/1999 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA N° 814 2.003 Ilmos. Sres.
DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a seis de noviembre de dos mil tres.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0004783/1999 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por "CONTENUR", representado por D. JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigido por Dña. PILAR VILA VILLAR, contra resolución del Ayuntamiento de A Coruña de 13-9-99, por la que se adjudica el que se adjudica en concurso público de contratación (C99 /3) a la UTE formada por "Técnicas Medioambientales Tecmed, S. A. " y "Otto Industrial y Medio Ambiente, S. A. ". Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA representada y dirigida por D. RAMON MANUEL VARELA LAFUENTE y actúan como codemandados TECMED-OTTO UTE, representado por D. XULIO LOPEZ VALCARCEL y dirigido por el Letrado D. JUAN CARLOS CALVO CORBELLE, y FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S. A. representado por D. GONZALO LOUSA GAYOSO y dirigido por el Sr. GIL SAAVEDRA. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Conferido traslado de la demanda a la representación de las partes codemandadas para contestación, se presentaron escritos de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimaron procedentes y suplicaron que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el tramite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día treinta de octubre de 2003.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.
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