STSJ Andalucía , 10 de Diciembre de 2002

PonenteJOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
ECLIES:TSJAND:2002:17192
Número de Recurso1316/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Social

M.R.O. SECCIÓN SEGUNDA SENT. NÚM. 3.667/2002 ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN ILMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a diez de Diciembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1.316/02, interpuesto por D. Juan Alberto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de los de Granada en fecha 14 de Diciembre de 2.001 en Autos núm. 266/01, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Juan Alberto en reclamación sobre jubilación contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 14 de Diciembre de 2.001, por la que estimando la excepción de cosa juzgada y con abstención de entrar a considerar la cuestión de fondo, absolvía de la demanda a los demandados.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - D. Juan Alberto , mayor de edad, nacido el 20-1-31, domiciliado en Granada, con período de cotización en España hasta el año 1.970 en el R.E.A. por cuenta propia y agrícola por cuenta ajena desde 14-1-52 a 31-8-70, de 4.301 días y en Alemania entre 1.962 y 1.994, 13.126 días.

    El 1-1-94 solicitó pensión de jubilación que le fue concedida en resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S. de 15-5-95, con efectos de 1-10-94 en cuantía de base reguladora de 2.750, porcentaje aplicable 76% pensión teórica, 30.044 pesetas.

    Considerando período de cotización en España de 2.230 días y en extranjero 10.896 días, total 13.126 días cotizados.

    Porcentaje a cargo de España 17% considerando sólo los días de cotizaciones extranjeras necesarios para alcanzar los 12.775 días exigidos por la legislación española para obtener el 100% de la pensión igual a 35 años cotizados.

    Pensión básica española 365 en actualizaciones 4.878 revalorizaciones 184 mínimo 2.369 total pensión mensual de 7.796 pesetas.

    Presenta el actor petición de revisión de la pensión de jubilación que le fue desestimada por resolución de 2-7-96, y tras reclamación previa, en la que solicita el cálculo de la base reguladora conforme a base mayores de las cotizadas en España, ha cotizado en Alemania por bases mayores, por lo que ha de calcular la base reguladora sobre las bases máximas en España lo que arrojaría una pensión de 173.343 pesetas o subsidiariamente por la media aritmética entre bases máximas y mínimas con lo que resulta una pensión de 115.442 pesetas.

    Presenta demanda el 18-10-96, que fue resuelta por el Juzgado de lo Social nº 1, sentencia de 23-5-97, autos 1.016/96, que la desestimó en cuanto a la petición principal de cálculo de la base reguladora haya de calcularse conforme a la media aritmética de las bases de cotización máximas y mínimas vigentes en España, durante el período considerado para trabajadores de la misma categoría profesional por la que desempeñan el actor debidamente actualizados resultando su pensión en 115.442 pesetas, pues ha de estimarse conforme al Tribunal de Justicia de la C.E., sentencia Lafuente Nieto de 2-9-96, T.S. 5-12-96 que la recoge. Ha de realizarse conforme a las bases de cotización reales del interesado durante los años inmediatamente anteriores al pago de la última cotización a la Seguridad Social Española revalorizándose ésta hasta el hecho causante.

    La sentencia fue ratificada por otra del T.S.J.A. en Granada de 15-7-99 que,...

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