STSJ Galicia , 31 de Marzo de 2003

PonenteJOSE LUIS COSTA PILLADO
ECLIES:TSJGAL:2003:1855
Número de Recurso8733/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NÚMERO: 8733/1998 RECURRENTE: SERVICIOS Y MONTAJES SL. ADMON. DEMANDADA: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES PONENTE: D. JOSE LUIS COSTA PILLADO EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 471/2003 Ilmos. Señores:

D. Jose Antonio Vesteiro Perez D. Francisco Javier Amorín Vieitez D. JOSE LUIS COSTA PILLADO.

A Coruña, Treinta y uno de Marzo de 2003 En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 8733/1998, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por SERVICIOS Y MONTAJES SL., con DNI. número B- 15522923, domiciliado en Lugar de Montouto, parroquia de Cacheiras, municipio Teo, representado y dirigido por el Letrado D. EMILIO CARRAJO LORENZO, contra Resolución de 27-4-98 desestimatoria de recurso ordinario contra otra de la Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de A Coruña sobre acta de infracción num. 49/97; exp.. num. 15170/97. Es parte la administración demandada MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, representada por ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es determinada en 3.006 euros.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don JOSE LUIS COSTA PILLADO

ANTECEDENTES DE HECHO

I: Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

II: Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

III: No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 25 de Marzo de 2003, fecha en que tuvo lugar.

IV: En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de Trabajo de 27 de abril de 1998, desestimatoria de recurso ordinario interpuesto contra resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de A Coruña de 25 de agosto de 1997, derivada de acta de infracción n° 49/97, que imponía a la recurrente la sanción de multa de 500.100 pesetas por comisión de la infracción calificada como muy grave en el artículo 29.3.2 de la Ley 8/88, de 7 de Abril, sobre infracciones y sanciones en el orden social.

SEGUNDO

Alegado por el recurrente la...

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