STSJ Cantabria , 29 de Diciembre de 2003

PonenteSANTIAGO EDUARDO PEREZ OBREGON
ECLIES:TSJCANT:2003:2406
Número de Recurso887/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 01643/2003 Rec. Núm. 887/03 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a Veintinueve de Diciembre de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Andrés contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Andrés siendo demandados Mutua Montañesa y otros sobre Invalidez y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 18 de Febrero de 2003 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor Don Andrés nacido el día 21 de Marzo de 1.943, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , encuadrado en el Régimen General, en alta a través de la empresa Drenajes Ambientales de Construcción S.L., y siendo su profesión habitual la de Albañil.

  2. - La empresa demandada tiene suscrito documento de asociación de accidentes de trabajo con la Mutua Montañesa de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

  3. - El actor sufrió accidente de trabajo el 4-10-01, al golpearle en hombro izquierdo, fue alta el 2-6- 02, parte por recaída el 7-6-02 y nueva alta por informe propuesta el 14-6-02.

    Exploración:

    Dolor y limitación a la movilidad de hombro izquierdo. Abducción activa se detiene a los 80 grados difícil. Anteversión 110 grados; mano-nuca a oreja difícil; mano-dorso a glúteo. Rotura de bíceps izquierdo.

    Flexo-extensión de codo conservada, pero con evidente disminución de fuerza en flexión y supinación.

    Pasivamente se aumenta algo los grados de movilidad, aunque desisto porque se queja de fuerte dolor.

    De información revisada:

    Tras exploración y RMN se diagnostica de tendinopatía degenerativa del supra e infraespinoso.

    Tendinopatía subescapular con áreas de desgarro parcial. Rotura del tendón de la porción larga del bíceps.

    Deficiencias más significativas:

    Secuelas dolorosas y móviles del hombro-brazo izquierdo tras tendinopatía degenerativa supra e infraespinoso. Tendinopatía degenerativa del subescapular con desgarro parcial y rotura de la porción larga del bíceps.

    Deficiencias más significativas:

    Secuelas dolorosas y móviles del hombro-brazo izquierdo tras tendinopatía degenerativa supra e infraespinoso. Tendinopatía degenerativa del subescapular con desgarro parcial y rotura de la porción larga del bíceps.

    Tratamiento efectuado, cen. y ser. Donde ha recibido asis. el enfermo: Rehabilitación desde 9-11-01 al 30-5-02 e infiltraciones con escasas mejoría.

  4. - La base reguladora de la situación de incapacidad permanente parcial es la de 1074,96 euros mensuales.

  5. - Tramitado expediente administrativo para valoración de secuelas a instancia de la Mutua Patronal previo informe-propuesta clínico-laboral de fecha 14-6-02, se emitió informe médico de síntesis el día 7-8-02,...

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