STSJ Cantabria , 30 de Julio de 2003

PonenteJUAN MANUEL ABASCAL SANJULIAN
ECLIES:TSJCANT:2003:1610
Número de Recurso299/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 01088/2003 Rec. Núm. 299/02 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dña. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Abascal Sanjulián EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a treinta de julio de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación de D. Juan Miguel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Abascal Sanjulián, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por la representación de D. Juan Miguel siendo demandados Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre invalidez y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 4 de diciembre de 2.002 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Juan Miguel nacido el 55 de julio de 1.946 se encuentra afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General. Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el nº NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Oficial 3ª multifunción en línea de montaje.

  2. - Por resolución de la Dirección Provincial del INSS 31 de mayo de 2002 fue declarado en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual.

  3. - La base reguladora para la incapacidad permanente absoluta es de 1707,10 euros mensuales con efectos económicos desde el 23-5-2002.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

"3Antecedentes: periartritis escápulo humeral izquierda (I.Q. marzo 2.002). Periartritis escápulo humeral derecha (I.Q. enero 1.998).

Afectación actual: refiere que se encuentra mal porque el hombro derecho por lo menos no le duele, pero el izquierdo (reciente intervención quirúrgica.

Aparato locomotor: exploración física actual: hombro derecho: cicatriz de 13 cm., limitación importante de la movilidad. Abducción y Adducción 65 grados puede hacer total rotación externa, interna hasta D11-D12, para realizar elevación del antebrazo que tiene que ayudarse con la otra mano. Hombro izquierdo:

cicatriz de 10 cm. Limitación de la movilidad a 45 grados tanto en abducción como en adducción aunque lo separa mejor que el contralateral, sin embargo tiene mucho dolor. Informes: paciente intervenido quirúrgicamente el 16-1-98 por presentar una periartritis escápulo-humeral derecha, realizándose una descompresión subcromial abierta del hombro derecho con extirpación de la bursa subacromial y reparación del manguito de los rotadores. Juicio clínico: déficit funcional miembro superior derecho tras descompresión subacromial abierta. Tratamiento<: rehabilitaci="" que="" consigue="" balance="" articular="" abducci="" grados="" rotaci="" interna="" d11-="" d12="" sin="" poder="" terminar="" externa.="" activo:="">="" evoluci="" desfavorable:="" rmn="">

cambios degenerativos subacromiales y ruptura completa de supra e infraespinoso. EMG: afectación del nervio músculo cutáneo derecho de intensidad moderada. RX lumbares: osteoartritis lumbar con osteofitosis severa. En marzo 2.002: se interviene quirúrgicamente por presentar una tendinopatía degenerativa-tendinitis del supra e infraespinoso con rotura parcial del tendón del...

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