STSJ Cantabria , 10 de Junio de 2003

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2003:1255
Número de Recurso715/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Social

Sentencia núm. 828/03.

Recurso núm. 715/03 Secretaria Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Iltma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander a diez de junio de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por Doña Rosario contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Tres de Santander, ha sido nombrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Doña Rosario , sobre Despido, siendo demandados JASAMA S.L, y PRONES 1 S.L, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 14 de Marzo de 2003, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora, Rosario , de nacionalidad Ucraniana, ha venido actuando como bailarina en la orquesta Santa Bárbara.

  2. - La orquesta Santa Bárbara, la conforma Sandra como cantante pop, D. Jesús Carlos , pianista, y asimismo suelen actuar otras personas dependiendo de la agencia que les contrataba y que imponía una determinadas personas.

  3. - PRONES S.L. Y JASAMA S.L., son empresas del espectáculo.

    PRONES, S.L., es la promotora del espectáculo, y su actividad se concreta en la gestión con determinados artistas para llevar a cabo las actuaciones o espectáculos previamente contratados por PRONES S.L., y dentro de esta relación de mediación, PRONES S.L., contrata a la orquesta Santa Bárbara.

    El camión-espectáculo donde se llevan a cabo las actuaciones, es propiedad de PRONES S.L. En las actuaciones llevadas a cabo por la orquesta Santa Bárbara actuaban, asimismo, otras bailarinas, quienes estaban contratadas por JASAMA S.L. 4°.- La actora era conocida de los esposos Jesús Carlos y Doña Sandra , y así en el año 1999 vino a España junto con su esposo e hijo, residiendo todos ellos durante tales fechas en el domicilio de los demandados.

    Asimismo y con fecha noviembre de 2001, la actora vino a España, residiendo hasta Mayo del 2002 en el domicilio de los demandados. Estos la ayudaron a trasladar a su hijo menor para España por motivos vacacionales.

    La actora era conocida de los esposos Jesús Carlos y Doña Sandra , y así en el año 1999 vino a España junto con su esposo e hijo, residiendo todos ellos durante tales fechas en el domicilio de los demandados.

    Asimismo, y con fecha noviembre de 2001, la actora vino a España, residiendo hasta mayo del 2002 en el domicilio de los demandados. Estos la ayudaron a trasladar a su hijo menor para España por motivos vacacionales.

  4. - Jesús Carlos y Ana María , se responsabilizaron y asumieron todos los gastos devengados de la estancia en España, incluyendo viajes.

  5. - En Mayo de 2002, por desavenencias con al familia donde residía, dada su intención de no volver a su país, y no traer a su hijo, la actora dejó el domicilio de Jesús Carlos y Ana María , y se fue a vivir con miembros de la orquesta en la Penilla y el domicilio de amigos.

  6. - La actora no tiene permiso de residencia ni de trabajo en España.

  7. - La orquesta Santa Bárbara inició sus actuaciones en junio de 2002, la actora en el período hasta finales de agosto de 2002 ha venido actuando como bailarina en el espectáculo de la orquesta Santa Bárbara.

  8. - Y la actora hasta mayo de 2002 ayudaba en las tareas domésticas a Ana María .

  9. - Los ensayos se realizaban en el domicilio de los demandados.

  10. - Se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación,...

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