STSJ Cantabria , 7 de Mayo de 2003

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2003:980
Número de Recurso1313/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 647/03 Rec. Núm. 1.313/02 Secª. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a siete de mayo de dos mil tres.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis Carlos contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Luis Carlos siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro, sobre invalidez, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 8 de noviembre de 2.002, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Luis Carlos , nacido el 19 de julio de 1.947 se encuentra afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General, Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el n° NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Especialista de Fundición.

  2. - Tramitado de oficio expediente administrativo con el fin de determinar si el actor se encuentra o no afecto por algún grado de Incapacidad permanente, previo dictamen del EVI de 27 de mayo de 2.002, por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 17 de junio de 2.002, se le deniega el derecho a ser declarado en situación de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.

  3. - La Base reguladora de la incapacidad permanente total es de 1371,67 mensuales.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico: "Aparato circulatorio: exploración física actual:

    auscultación cardiaca rítmica a 134 por minuto. Tensión arterial: 190/130 AP. normoventilación bilateral. No edemas en extremidades inferiores. Informe de cardiología de Sierrallana de 15-5-02 "Paciente de 54 años de edad, seguido en la consulta de cardiología desde noviembre de 1.998. Última revisión el día 28-1-2002, refiriendo el paciente episodios esporádicos de palpitaciones rápidas e intensas. Exploración física: tensión arterial 150/80. Resto dentro de límites normales. Pruebas complementarias: ECG: Ritmo sinusal a 94 por minuto. PR 0.16.AQRS a 0°. No crecimiento de cavidades y repolarización. Normal. Analítica: hormonas tiroideas normales. Colesterol 205, triglicéridos 166, HDL 40, LDL 112. Resto normal. Juicio diagnóstico:

    ACX fa paroxística. Hipertensión arterial. Dislipemia. Tratamiento: Tenor min 50:1 comprimido en la comida.

    Zodor 20 1 comprimido al acostarse. Otros aparatos y sistemas: Informe médico de cabecera de 14-11-01 Paciente que padece las siguientes enfermedades: arritmia cardiaca con fibrilación auricular permanente, que ha padecido taquicardias supraventriculares en tratamiento médico farmacológico. Actualmente su arritmia cardiaca no controlada porque junto a su lesión padece ansiedad originada por la crisis laboral de la empresa donde trabaja. Hipertensión mal controlada a pesar de tratamiento médico. Hiperlipemia en tratamiento médico. Lumbalgia crónica con dolor e impotencia funcional que se irradia hacia miembros inferiores, causada por espondiloartrosis lumbar con cambios espondilóticos en L3-L4 y L4-L5. Astralgia en rodillas y caderas. Síndrome ansioso depresivo con signos de insomnio, angustia, sensación de ahogo, desesperanza de causa reactiva. Deficiencias más significativas: Arritmia cardiaca por fibrilación...

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